B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230313-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 546/2023, de 28 de febrero, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca proceso selectivo para el personal laboral fijo de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería, Grupo II, Nivel 7, Área D, para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo de Diplomados en Salud Pública, Escala de Salud Pública, Especialidad de Enfermería, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 34

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 61

Tercera
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de todos los requisitos generales de acceso recogidos en la base sexta, apartado 6.1 de
la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y
Servicios de la Comunidad de Madrid, los siguientes:
— Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Graduado en Enfermería, Diplomado en Enfermería o Ayudante Técnico Sanitario o título universitario que habilite
para el ejercicio de la profesión de enfermería.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación conforme a la normativa que resulte de
aplicación a tal efecto.
— En el caso de que las plazas incluidas en esta convocatoria implicaran contacto habitual con menores, las personas aspirantes no podrán haber sido condenadas por
sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme
a lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de enero, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia.
Las personas participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además
de no haber sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España, no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del
Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
La acreditación de este requisito se efectuará en los términos dispuestos en la base
undécima, apartado 3 de la presente convocatoria.
— Ostentar la categoría profesional de Diplomado en Enfermería, Grupo II, Nivel 7,
Área D, como personal laboral fijo.
De acuerdo con lo recogido en la disposición transitoria segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la condición de personal laboral fijo se
tiene que cumplir a 13 de mayo de 2007.
En el caso de las categorías a extinguir y puestos funcionales recogidos como tales
en el correspondiente catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización, ostentar la categoría profesional específicamente incluida en el mismo y
cuyo Cuerpo de funcionarización sea el de Diplomados en Salud Pública-Especialidad Enfermería.
Asimismo, las personas en excedencia voluntaria o por incompatibilidad que deseen participar en el proceso selectivo regulado en la presente Orden, deberán
igualmente encontrarse incluidas en el correspondiente catálogo definitivo de
puestos susceptibles de funcionarización que recoge específicamente esta situación, ostentar la categoría profesional específicamente incluida en el mismo y
cuyo Cuerpo de funcionarización sea el de Diplomados en Salud Pública-Especialidad Enfermería.
— Encontrarse incluido su puesto en el catálogo definitivo de puestos susceptibles de
funcionarización en el Cuerpo de funcionarización de Diplomados en Salud Pública-Especialidad Enfermería.
2. En cualquier caso, la Categoría Profesional de origen y su correspondencia con el
Cuerpo de Funcionarización tienen que encontrarse expresamente recogidos como tales en
el catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización.
3. La información actualizada de los puestos incluidos en el catálogo definitivo de
puestos susceptibles de funcionarización se encuentra disponible en el siguiente enlace de la
página web de la Comunidad de Madrid: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espaciosprofesionales/funcionarizacion
4. Todos los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión como personal funcionario de carrera.

BOCM-20230313-5

Personas aspirantes