C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230313-18)
Acreditación competencias profesionales –  Resolución conjunta de 22 de febrero de 2023, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 61

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE MARZO DE 2023

interesado. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.
Las solicitudes vincularán a los participantes en los términos en ellas expresados.
3. Documentación que se debe aportar junto con la solicitud:
— Para acreditar que las titulaciones cumplen con los requisitos exigidos en esta
resolución, los aspirantes deberán presentar copia relativa a los estudios señalados
en el Anexo I, acompañada del programa de estudios y de la certificación académica correspondiente.
En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extranjeras, los aspirantes
deberán entregar una traducción jurada de los siguientes documentos: título, plan
de estudios y certificación académica.
— Para acreditar la vinculación con la enseñanza pública, los candidatos de centros
públicos que no estén destinados en el ámbito de gestión de la Comunidad de
Madrid deberán aportar, además, copia del título administrativo de funcionario de
carrera del correspondiente cuerpo docente o documentación acreditativa de tener
la condición de funcionario en prácticas, así como hoja de servicios expedida por la
Administración educativa de la que dependa, actualizada a fecha de publicación
de esta convocatoria, sin perjuicio de las actuaciones oportunas que se puedan llevar a cabo para comprobar la veracidad de lo declarado en la solicitud por los participantes.
— Para acreditar la vinculación con la enseñanza privada concertada, los candidatos
de los centros privados concertados deberán acompañar a la solicitud del modelo
Anexo III el certificado recogido en el modelo Anexo IV de esta resolución, marcando una de las dos opciones que se recogen en el mismo.
— Si se presentara la solicitud por medio de representante, se deberán consignar sus
datos en el apartado correspondiente de la solicitud, a través de la aplicación
“HABI-Habilitaciones Bilingües” en el caso de centros públicos o en el Anexo III
para candidatos de la enseñanza concertada, y presentar:
d DNI del representante, en el supuesto de no autorizar su consulta.
d Documento de otorgamiento de la representación.
La documentación requerida deberá ser remitida en formato “PDF”. La persona
solicitante deberá asegurarse de que adjunta los archivos y de que estos son anexados correctamente.
Se podrá reclamar a los participantes, en cualquier momento del procedimiento, la
presentación de los documentos originales. En caso de discrepancia entre las copias presentadas y los originales, el participante será excluido del procedimiento,
sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad en que hubiese podido incurrir.
3.1. Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales:
a) Para candidatos de los centros públicos: Los candidatos podrán acreditar este requisito autorizando a la Dirección General de Recursos Humanos, en el apartado
“Autorización consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales” de la solicitud, a realizar la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales.
La autorización de consulta en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a la
Dirección General de Recursos Humanos implica también la autorización para la
consulta de datos del DNI.
Todos los aspirantes vinculados a los centros docentes públicos que no hayan marcado el apartado “Autorización consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales” de la solicitud, autorizando la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar el Certificado negativo del mencionado Registro,
junto con el resto de la documentación.
Se entiende que la autorización otorgada a la Administración por parte del profesorado vinculado a los centros públicos para consultar el Registro Central de Delincuentes Sexuales será válida para la comprobación de los datos en cualquier
nombramiento en puestos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
Los docentes de la enseñanza pública cuya nacionalidad sea distinta de la española
deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedida por
las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los
delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015,

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