D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230310-25)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 29 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Escuela Los Tilos, S. L., para el desarrollo del Componente 21, Inversión 2: Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en Centros de Especial Complejidad Educativa (Programa PROA+) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 59

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MARZO DE 2023

Pág. 159

ANEXO VIII

DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS

D./Dña.
gado/Gerente/ de la entidad
domicilio fiscal en

, con NIF

, como Consejero Dele, con NIF
,y

beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR que participa como contratista/subcontratista en
el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidosen el Componente 21 «Modernización
y Digitalización del Sistema Educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años», declara conocer la normativa que es
de aplicación, en particular los siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas
destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un
formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos
siguientes:

i. Nombre del perceptor final de los fondos.
ii. Nombre del contratista y subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública.

iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se
define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo(26);

iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y
resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indiquela cuantía de los fondos
desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados
por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de
la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con
la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado
1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 delTFUE,
el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas
integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de
gestión y rendimiento».
Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente
relacionados en los artículos citados.

,

de

de 202

Fdo.

BOCM-20230310-25

(Nombre, apellidos y cargo)