Delegación de Gobierno en Madrid (BOCM-20230310-50)
Área Funcional de Industria y Energía. Autorización administrativa impacto ambiental
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 59
La línea inicia su recorrido en simple circuito desde el pórtico de la Subestación V Solar I 220/30 kV, hasta el Apoyo 35 donde la línea se une a la línea
SET Tagus-SET Arganda (REE). A partir de este apoyo discurre en doble circuito, hasta el Apoyo 54. Entre los apoyos 54 y 57, esta línea se desdobla en
dos líneas simple circuito sobre pórtico, para realizar el cruzamiento con una
línea de REE existente. En el Apoyo 57 se vuelven a unir ambas líneas y se
une a ellas la línea del circuito SET Carolina Solar-SET Vallecas (REE), discurriendo en triple circuito hasta el Apoyo 100′, donde el circuito SET TagusSET Arganda (REE) se desviará y continuará independiente en subterráneo.
A partir del Apoyo 100′, la línea continua en doble circuito hasta el Apoyo 36C,
donde la línea se desvía de la línea SET Carolina Solar-SET Vallecas (REE),
para continuar en simple circuito hasta el pórtico del recinto de medida fiscal
colindante con la SET Torrecilla (REE). La conexión desde el pórtico a la SET
Torrecilla (REE) aún es desconocida por no tener la propuesta de REE.
A lo largo de su recorrido contabiliza 20 tramos de 43.580,62 m, en los que alterna 14 tramos aéreos de 32.072,58 m, en circuitos dúplex, con 6 tramos subterráneos de 11.508,04 m en circuitos simplex, afectando a los términos municipales de Colmenar de la Oreja, Villaconejos, Chinchón, Morata de
Tajuña, Arganda del Rey, San Martín de la Vega, Rivas-Vaciamadrid, Getafe, Madrid. Entre el Apoyo 1C PAS y Apoyo 2C PAS se realiza una transposición de los circuitos SET V Solar I-SET Torrecilla (REE) y SET Carolina
Solar-SET Vallecas (REE). En el apoyo 32C, el circuito SET V Solar I-SET
Torrecilla (REE) hará una entrada y salida en la SET Aldehuela.
Las plantas solares fotovoltaicas Aldehuela y La Vega, tramitadas en los expedientes Pfot-160 AC y Pfot-221 AC, con permiso de conexión en la subestación de REE La Torrecilla 220 kV, comparten infraestructuras de evacuación
mediante la línea de alta tensión, desde la Subestación de Aldehuela 220 kV
hasta el recinto de medida fiscal situado junto a la subestación de La Torrecilla. Existe un acuerdo de tramitación de infraestructuras comunes con ambos
expedientes, para que puedan llevar a cabo los cambios oportunos en el proyecto de las infraestructuras de evacuación desde la Subestación de Aldehuela, las cuales se están tramitando por su parte desde el Pfot-160 AC.
g) Términos municipales afectados: Colmenar de Oreja, Villaconejos, Chinchón,
Morata de Tajuña, San Martín de la Vega, Arganda del Rey, Rivas-Vaciamadrid,
Getafe y Madrid, todos en la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, el proyecto “Parques solares fotovoltaicos Carolina Solar PV, de 300 MWp, y V
Solar 1, de 289 MWp, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia Madrid”, al referirse a una instalación de competencia estatal, corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico
como órgano sustantivo, emitir las resoluciones relativas a la Autorización Administrativa
Previa, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y Autorización Administrativa de
Construcción, y a la Secretaria de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico resolver sobre la Declaración de Impacto Ambiental
dado que el citado proyecto está sometido al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Ordinario establecido en la Sección 1.a del Capítulo II del Título II de la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la citada Ley 24/2013, y en el artículo 149 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación
de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
El proyecto incluye relación de bienes y derechos, a los efectos del artículo 56 de la
Ley 24/2013, del Sector Eléctrico.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los propietarios
y demás titulares afectados por la actuación proyectada, cuya relación se inserta al final de
este anuncio, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos
sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos y puedan aportar por escrito los
datos y documentos oportunos para subsanar posibles omisiones y errores en la relación indicada.
BOCM-20230310-50
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 59
La línea inicia su recorrido en simple circuito desde el pórtico de la Subestación V Solar I 220/30 kV, hasta el Apoyo 35 donde la línea se une a la línea
SET Tagus-SET Arganda (REE). A partir de este apoyo discurre en doble circuito, hasta el Apoyo 54. Entre los apoyos 54 y 57, esta línea se desdobla en
dos líneas simple circuito sobre pórtico, para realizar el cruzamiento con una
línea de REE existente. En el Apoyo 57 se vuelven a unir ambas líneas y se
une a ellas la línea del circuito SET Carolina Solar-SET Vallecas (REE), discurriendo en triple circuito hasta el Apoyo 100′, donde el circuito SET TagusSET Arganda (REE) se desviará y continuará independiente en subterráneo.
A partir del Apoyo 100′, la línea continua en doble circuito hasta el Apoyo 36C,
donde la línea se desvía de la línea SET Carolina Solar-SET Vallecas (REE),
para continuar en simple circuito hasta el pórtico del recinto de medida fiscal
colindante con la SET Torrecilla (REE). La conexión desde el pórtico a la SET
Torrecilla (REE) aún es desconocida por no tener la propuesta de REE.
A lo largo de su recorrido contabiliza 20 tramos de 43.580,62 m, en los que alterna 14 tramos aéreos de 32.072,58 m, en circuitos dúplex, con 6 tramos subterráneos de 11.508,04 m en circuitos simplex, afectando a los términos municipales de Colmenar de la Oreja, Villaconejos, Chinchón, Morata de
Tajuña, Arganda del Rey, San Martín de la Vega, Rivas-Vaciamadrid, Getafe, Madrid. Entre el Apoyo 1C PAS y Apoyo 2C PAS se realiza una transposición de los circuitos SET V Solar I-SET Torrecilla (REE) y SET Carolina
Solar-SET Vallecas (REE). En el apoyo 32C, el circuito SET V Solar I-SET
Torrecilla (REE) hará una entrada y salida en la SET Aldehuela.
Las plantas solares fotovoltaicas Aldehuela y La Vega, tramitadas en los expedientes Pfot-160 AC y Pfot-221 AC, con permiso de conexión en la subestación de REE La Torrecilla 220 kV, comparten infraestructuras de evacuación
mediante la línea de alta tensión, desde la Subestación de Aldehuela 220 kV
hasta el recinto de medida fiscal situado junto a la subestación de La Torrecilla. Existe un acuerdo de tramitación de infraestructuras comunes con ambos
expedientes, para que puedan llevar a cabo los cambios oportunos en el proyecto de las infraestructuras de evacuación desde la Subestación de Aldehuela, las cuales se están tramitando por su parte desde el Pfot-160 AC.
g) Términos municipales afectados: Colmenar de Oreja, Villaconejos, Chinchón,
Morata de Tajuña, San Martín de la Vega, Arganda del Rey, Rivas-Vaciamadrid,
Getafe y Madrid, todos en la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, el proyecto “Parques solares fotovoltaicos Carolina Solar PV, de 300 MWp, y V
Solar 1, de 289 MWp, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia Madrid”, al referirse a una instalación de competencia estatal, corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico
como órgano sustantivo, emitir las resoluciones relativas a la Autorización Administrativa
Previa, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y Autorización Administrativa de
Construcción, y a la Secretaria de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico resolver sobre la Declaración de Impacto Ambiental
dado que el citado proyecto está sometido al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Ordinario establecido en la Sección 1.a del Capítulo II del Título II de la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la citada Ley 24/2013, y en el artículo 149 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación
de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
El proyecto incluye relación de bienes y derechos, a los efectos del artículo 56 de la
Ley 24/2013, del Sector Eléctrico.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los propietarios
y demás titulares afectados por la actuación proyectada, cuya relación se inserta al final de
este anuncio, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos
sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos y puedan aportar por escrito los
datos y documentos oportunos para subsanar posibles omisiones y errores en la relación indicada.
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BOCM