Robregordo (BOCM-20230310-83)
Otros anuncios. Candidaturas juez de paz
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 59
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MARZO DE 2023
Pág. 661
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
ROBREGORDO
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20230310-83
D.a María Cano García, alcaldesa-presidente del Ayuntamiento de Robregordo, hago
saber:
Teniendo presente el hecho de que estando vacante el cargo de juez de paz sustituto, y
a solicitud recibida RGE 2023/101, del Tribunal Superior de Justicia, de la puesta en funcionamiento de los trámites necesarios para la elección de juez de paz sustituto del municipio a efectos de lo prevenido en los artículos 5 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de
junio, de los Jueces de Paz y en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas
juez de paz, titular y sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4
y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas,
y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento o bien
mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias
municipales de la Corporación, donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar
la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento www.robregordo.com
Que, en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de
Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Robregordo, a 28 de febrero 2023.—La alcaldesa-presidente, María Cano.
(03/3.578/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 59
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VIERNES 10 DE MARZO DE 2023
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
ROBREGORDO
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D.a María Cano García, alcaldesa-presidente del Ayuntamiento de Robregordo, hago
saber:
Teniendo presente el hecho de que estando vacante el cargo de juez de paz sustituto, y
a solicitud recibida RGE 2023/101, del Tribunal Superior de Justicia, de la puesta en funcionamiento de los trámites necesarios para la elección de juez de paz sustituto del municipio a efectos de lo prevenido en los artículos 5 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de
junio, de los Jueces de Paz y en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas
juez de paz, titular y sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4
y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas,
y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento o bien
mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias
municipales de la Corporación, donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar
la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento www.robregordo.com
Que, en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de
Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Robregordo, a 28 de febrero 2023.—La alcaldesa-presidente, María Cano.
(03/3.578/23)
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