Torrejón de Velasco (BOCM-20230308-67)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 57
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
TORREJÓN DE VELASCO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto número 2023-0277, de fecha 22
de febrero de 2023, dictado por el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, de aprobación, entre otros, de las bases reguladoras del proceso selectivo para la
constitución de bolsa de empleo, por concurso, de personal funcionario interino del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, Arquitecto.
De conformidad con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda la tramitación de urgencia del expediente número 243/2023, de proceso selectivo para la constitución de bolsa de
empleo, por concurso, de personal funcionario interino del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, Arquitecto, reduciendo los plazos establecidos en el procedimiento ordinario a la mitad, a excepción de los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. No cabrá recurso
alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Las bases se encuentran expuestas íntegramente en el tablón de anuncios de la sede
electrónica municipal y portal de transparencia (apartado Procesos de Selección de Personal), con la siguiente dirección: https://torrejondevelasco.sedelectronica.es
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de quince días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede
electrónica municipal.
Las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán recurrirse potestativamente en reposición o interponer directamente recurso
ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado
si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la
resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto
recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta
por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente.
En Torrejón de Velasco, a 23 de febrero de 2023.—El alcalde presidente, Esteban
Bravo Fernández.
(03/3.418/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230308-67
OFERTAS DE EMPLEO
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MIÉRCOLES 8 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 57
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
TORREJÓN DE VELASCO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto número 2023-0277, de fecha 22
de febrero de 2023, dictado por el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, de aprobación, entre otros, de las bases reguladoras del proceso selectivo para la
constitución de bolsa de empleo, por concurso, de personal funcionario interino del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, Arquitecto.
De conformidad con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda la tramitación de urgencia del expediente número 243/2023, de proceso selectivo para la constitución de bolsa de
empleo, por concurso, de personal funcionario interino del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, Arquitecto, reduciendo los plazos establecidos en el procedimiento ordinario a la mitad, a excepción de los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. No cabrá recurso
alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Las bases se encuentran expuestas íntegramente en el tablón de anuncios de la sede
electrónica municipal y portal de transparencia (apartado Procesos de Selección de Personal), con la siguiente dirección: https://torrejondevelasco.sedelectronica.es
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de quince días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede
electrónica municipal.
Las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán recurrirse potestativamente en reposición o interponer directamente recurso
ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado
si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la
resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto
recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta
por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente.
En Torrejón de Velasco, a 23 de febrero de 2023.—El alcalde presidente, Esteban
Bravo Fernández.
(03/3.418/23)
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ISSN 1989-4791
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