Piñuécar-Gandullas (BOCM-20230308-62)
Contratación. Licitación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 57

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE MARZO DE 2023

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tos extremos comprobador en cualquier momento por el ayuntamiento, quedando
el Ayuntamiento exonerado de responsabilidades por este incumplimiento, no generándose en ningún caso, vínculos laborales entre el Ayuntamiento y el personal
contratado por el contratista. Los TC2 deberán ser presentados mensualmente, así
como la documentación mencionada cuando se incorporen nuevos trabajadores.
— El adjudicatario asumirá la gestión de compras y provisión de todos los alimentos
y material necesarios. El pago a proveedores será realizado directamente a cargo
del concesionario.
— El adjudicatario vendrá obligado al mantenimiento preventivo y correctivo, reparaciones y sustituciones de equipos, maquinaria, mobiliario, instalaciones del local.
— Deberá mantener en perfecto estado la maquinaria.
— Será a cargo del adjudicatario la limpieza del Bar-Cafetería, instalaciones, mobiliario y equipamiento, manteniéndolo en perfectas condiciones higiénicas y de aspecto, con especial atención a la zona de aseos asignados al servicio de Bar-Cafetería, que deberán estar a disposición de todos los usuarios del Bar. Los aseos
deberán permanecer abiertos durante el horario de apertura del Bar Social.
Derechos del contratista:
— Utilizar las instalaciones del Bar-Cafetería.
— Reclamar del Ayuntamiento la pacífica posesión de las instalaciones objeto del
contrato contra cualquier perturbación de terceros, de hecho, o de derecho.
— Percibir directamente de los clientes la retribución de los servicios prestados.
— Participar activamente en la consecución de los objetivos de las instalaciones municipales, de conformidad con lo previsto al efecto en el pliego de prescripciones
técnicas.
Cláusula sexta. Facultades de la Corporación
— Dejar sin efecto la concesión antes del vencimiento si lo justificaren circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante resarcimiento de los daños que
causaren, o sin él cuando no procediere.
— Inspeccionar en cualquier momento los bienes objeto de concesión, las instalaciones y construcciones.
Cláusula séptima. Reversión
Al término del plazo de la concesión, revertirán a la Corporación los bienes objeto de
la concesión, debiendo el contratista entregarlos con arreglo al contrato y en el estado de
conservación y funcionamiento adecuados.
Durante un período de tiempo anterior a la reversión, que será de 15 días, el órgano
competente de la Administración adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega
de los bienes se verifique en las condiciones convenidas.

Cláusula novena. Presentación de ofertas y documentación administrativa
1.1. Condiciones previas: Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a
los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación
incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta.
1.2. Lugar y plazo de presentación de ofertas:
Presentación Manual: Para la licitación del presente contrato, no se exige la presentación de ofertas utilizando medios electrónicos debido a la insuficiencia de medios que tie-

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Cláusula octava. Acreditación de la aptitud para contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras,
que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones para contratar.
1. La capacidad de obrar se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento
nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que
consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su
caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de
que se trate.