Boadilla del Monte (BOCM-20230307-48)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 56

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BOADILLA DEL MONTE
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de la convocatoria de ayudas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro
para el fomento del asociacionismo y participación ciudadana de Boadilla del Monte correspondiente al ejercicio 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar estas ayudas aquellas asociaciones y demás Entidades sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas, desarrollen
sus actividades y tengan su sede social o delegación en el municipio de Boadilla del Monte, se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de este
Ayuntamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 236 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF), se hallen al corriente de la obligación de comunicación al Registro Municipal de Asociaciones Vecinales (artículo 236.4 ROF) y no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 de la LGS.
En cualquier caso, para adquirir la condición de beneficiaria de las subvenciones convocadas, será requisito imprescindible la obtención de un mínimo de 30 puntos.
Segundo. Objeto.—Las subvenciones que se concedan en el marco de la presente
convocatoria irán destinadas a proyectos concretos y actuaciones determinadas (proyectos,
jornadas, cursos y talleres), realizados en el término municipal de Boadilla del Monte, plenamente ejecutados y de duración comprendida entre el 15 de febrero de 2022 y el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, cuya finalidad sea contribuir al fortalecimiento del tejido social, la promoción de la calidad de vida y de las relaciones vecinales, la potenciación del desarrollo de las personas y los barrios de la localidad.
No obstante, se admitirán aquellos gastos justificativos que, aunque se hayan realizado
fuera del término municipal de Boadilla del Monte, pertenezcan a solicitudes que a juicio de
la Concejalía de Participación Ciudadana redunden de manera indudable en beneficio de Boadilla del Monte y sus vecinos.
Tercero. Bases Reguladoras.—La presente convocatoria se rige por la Ordenanza
Reguladora de las Bases Específicas para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones con destino a Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro de
Boadilla del Monte, aprobadas en sesión plenaria el día 28 de septiembre de 2018, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 265, de 6 de noviembre de 2018, así como en la página web del Ayuntamiento de Boadilla del Monte
www.ayuntamientoboadilladelmonte.org
Cuarto. Cuantía.—Se realiza la convocatoria por una cuantía total máxima
de 30.000,00 euros dentro de los créditos disponibles, siendo el importe de 3.000,00 euros
la cantidad máxima que se puede percibir por cada entidad solicitante, siempre que no supere el 100% del importe total del proyecto presupuestado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en forma de extracto.
Las ayudas deberán solicitarse utilizando los modelos normalizados aprobados con la
convocatoria en el anexo II.
No se tendrán en cuenta ni se tramitarán las solicitudes que no se presenten en dichos
modelos.

BOCM-20230307-48

BDNS ID: 678762