C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230307-18)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 332/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2023 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 7 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 56

8.- EFECTOS O RESULTADOS PERSEGUIDOS
8.1. Apoyar y canalizar la participación de la sociedad civil para mejorar la calidad de vida de ciertos
colectivos afectados por patologías degenerativas y crónicas.
8.2. Aumentar el impacto de las actuaciones llevadas a cabo por las instituciones sanitarias,
fomentando y promocionando la transmisión de actitudes saludables y de acciones de
formación/educación para la salud.
8.3. Reforzar la atención domiciliaria de enfermos oncológicos en situación terminal, desarrollando
actuaciones que permitan mejorar la respuesta a las necesidades de los pacientes y el apoyo
a las familias.
8.4. Mejorar la atención domiciliaria a los enfermos de ELA en estadios avanzados y potenciar la
información y formación sanitaria del paciente.
8.5. Impulsar y facilitar la acción solidaria de las entidades sin ánimo de lucro dirigidas a afectados
de VIH/SIDA financiando programas que permitan apoyar la inserción familiar de los enfermos,
a través de la atención domiciliaria, y satisfacer sus necesidades de hogar y afectos por medio
de casas de acogida y alojamiento.
8.6. Mejorar la calidad de la asistencia a los enfermos renales que precisan tratamiento de
hemodiálisis, mediante la coordinación del transporte sanitario no urgente de este colectivo.
8.7. Apoyar iniciativas, actividades, proyectos y programas promotores de salud de las corporaciones
locales que vayan dirigidas hacia la consecución de objetivos de salud pública.
9.- INDICADORES DEL CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS Y RESULTADOS
9.1. Cumplimiento de las acciones en los tiempos necesarios para la realización de las siguientes
fases del procedimiento de subvenciones:
x Publicación de la convocatoria (en el caso de concurrencia competitiva).
x Concesión de la ayuda.
x Justificación y pago.
9.2.
9.3.

Porcentaje de proyectos subvencionados en relación con las subvenciones solicitadas, en
el caso de las subvenciones por concurrencia competitiva.
Coordinación con Entidades/Instituciones o Administraciones.

10.- MEDIDAS CORRECTORAS
Al tratarse de subvenciones anuales, las desviaciones que se podrían producir serían mínimas. No
obstante, previo análisis del grado de cumplimiento de los objetivos perseguidos, si estos no se
alcanzasen en su totalidad o si se registrasen desviaciones en los resultados, plazos y costes, las
medidas correctoras serían las siguientes:
1.
2.
3.

Requerimiento a la entidad beneficiaria de cuanta documentación adicional se considere necesaria
para la justificación de la aplicación de la subvención a la finalidad para la que se concedió.
Reforzamiento de los sistemas de coordinación y seguimiento de las actividades objeto de
subvención, realizadas por las asociaciones u organizaciones sin ánimo de lucro.
Desarrollo de mecanismos de cooperación y colaboración con otras instituciones y posibilidad
de concertación con otras entidades en materia sanitaria.

1.

Valoración técnica:
x Grado de consecución de las actividades desarrolladas.
x Adecuación a los programas o recursos subvencionados.
x Valoración del grado de consolidación de las actividades.

2.

Valoración del gasto:
x Adecuación de la memoria al programa subvencionado.
x Adecuación del gasto a la subvención concedida.
x Adecuación del gasto a las actividades realizadas.

3.

Instrumentos de evaluación:
x Memoria justificativa presentada por el beneficiario.
x Justificación de los gastos presentada por el beneficiario.
x Visitas de inspección, si fuera necesario.

BOCM-20230307-18

11.- SISTEMAS DE EVALUACIÓN