Valdemoro (BOCM-20230307-85)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 56
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20230307-85
Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 490/2023, de 23 de febrero, que dice literalmente:
“Por decreto 4083/2022, de 24 de noviembre, esta Alcaldía efectuó ciertas delegaciones de las competencias en concejales de la Corporación, todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, así como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Concretamente, a doña Raquel Cadenas Porqueras le fue conferida, con la denominación concejala-delegada de Seguridad, Tráfico, Emergencias y Emprendimiento delegación
genérica para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia de la concejala doña Raquel Cadenas Porqueras el período comprendido
entre los días 24 al 27 de febrero de 2023, ambos incluidos, resulta preciso avocar las competencias delegadas por esta Alcaldía en la concejala doña Raquel Cadenas Porqueras durante el período mencionado.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Avocar las competencias que, en las materias de Seguridad, Tráfico, Emergencias y Emprendimiento, se encuentran delegadas en la concejala doña Raquel Cadenas
Porqueras en virtud del decreto 4083/2022, de 24 de noviembre, el período comprendido
entre los días 24 y 27 de febrero de 2023, ambos incluidos.
Por tanto, recobra esta Alcaldía las atribuciones, procediéndose a dictar las resoluciones que procedan por el alcalde.
Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, con indicación de que contra la misma no cabrá recurso alguno, si bien puede impugnarlo en el que
se interponga contra la resolución del procedimiento.
Tercero.—Remitir dicha resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la resolución por Alcaldía.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4
en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Valdemoro, a 24 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.
(03/3.338/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 56
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20230307-85
Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 490/2023, de 23 de febrero, que dice literalmente:
“Por decreto 4083/2022, de 24 de noviembre, esta Alcaldía efectuó ciertas delegaciones de las competencias en concejales de la Corporación, todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, así como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Concretamente, a doña Raquel Cadenas Porqueras le fue conferida, con la denominación concejala-delegada de Seguridad, Tráfico, Emergencias y Emprendimiento delegación
genérica para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia de la concejala doña Raquel Cadenas Porqueras el período comprendido
entre los días 24 al 27 de febrero de 2023, ambos incluidos, resulta preciso avocar las competencias delegadas por esta Alcaldía en la concejala doña Raquel Cadenas Porqueras durante el período mencionado.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Avocar las competencias que, en las materias de Seguridad, Tráfico, Emergencias y Emprendimiento, se encuentran delegadas en la concejala doña Raquel Cadenas
Porqueras en virtud del decreto 4083/2022, de 24 de noviembre, el período comprendido
entre los días 24 y 27 de febrero de 2023, ambos incluidos.
Por tanto, recobra esta Alcaldía las atribuciones, procediéndose a dictar las resoluciones que procedan por el alcalde.
Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, con indicación de que contra la misma no cabrá recurso alguno, si bien puede impugnarlo en el que
se interponga contra la resolución del procedimiento.
Tercero.—Remitir dicha resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la resolución por Alcaldía.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4
en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Valdemoro, a 24 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.
(03/3.338/23)
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ISSN 1989-4791