D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20230307-31)
Convenio –  Anuncio de 22 de febrero de 2023, del convenio para el desarrollo de programas de cooperación educativa entre la Universidad Rey Juan Carlos y Metro de Madrid, S. A.
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B.O.C.M. Núm. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE MARZO DE 2023

El Proyecto Formativo que se desarrollará será el establecido en el Anexo I al Reglamento
de Prácticas Externas, aprobado por el Consejo de Gobierno de la URJC.
2.a Los estudiantes que pretendan realizar prácticas académicas universitarias en la
entidad colaboradora, deberán haber superado el 50 por ciento de los créditos necesarios
para obtener el título de Grado.
3.a Para cada estudiante que realice las prácticas formativas en Metro de Madrid,
S. A., se suscribirá un Anexo al presente convenio, según el modelo normalizado, aprobado por la URJC.
4.a Los estudiantes realizarán sus prácticas en jornada de mañana o tarde en Metro
de Madrid, S. A., en régimen de Prácticas Externas. La duración de las prácticas y horario
concreto serán fijados para cada estudiante, sin que exceda del 50 por ciento de la duración
del curso académico.
5.a La suscripción por parte de Metro de Madrid, S. A., del presente convenio no supondrá la adquisición de más compromisos que los estipulados en el mismo, y en ningún
caso se derivarán obligaciones propias de una relación laboral o contractual de conformidad con la normativa vigente. Por consiguiente, las prácticas del estudiante, dado su carácter formativo, en ningún caso tendrán carácter laboral, quedando expresamente excluidos
de la legislación laboral. Igualmente, el contenido de dichas prácticas no podrá dar lugar a
la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Durante el período de vigencia del presente convenio, el estudiante se hallará cubierto por el seguro escolar o el seguro de cobertura de accidentes y responsabilidad civil que,
a su cargo, deberá suscribir dicho estudiante a requerimiento previo de la URJC, de conformidad con el Reglamento de Prácticas Académicas Externas de dicha Universidad, aprobado por el Consejo de Gobierno de la misma.
6.a Las Prácticas Externas, aun siendo actividad formativa, podrán tener una dotación económica o en especie en concepto de bolsa o ayuda al estudio, a cargo de la entidad
colaboradora, en cuyo caso deberá hacerse constar expresamente dicha dotación en el
Anexo que se suscriba con el estudiante obligado a superar dichas prácticas.
En caso entrega a los alumnos de una bolsa de ayuda al estudio, la Metro de Madrid,
S. A., deberá cumplir con la normativa sobre afiliación y cotización en materia de seguridad social que resulte de aplicación.
7.a La oferta de plazas a favor de los estudiantes de la URJC se regirá por lo establecido en el Reglamento de Prácticas Externas de dicha Universidad.
8.a Tanto Metro de Madrid, S. A. como la URJC nombrarán los tutores correspondientes para el adecuado seguimiento y valoración de las actividades realizadas por los estudiantes.
El tutor de Metro de Madrid, S. A., remitirá, al final de cada período de prácticas, al
tutor académico de la URJC, a través de la Unidad de Prácticas Externas, y a la mayor brevedad posible, un informe sobre el resultado y rendimiento del trabajo realizado por cada
estudiante, de forma individualizada. Dicho informe será valorado por la URJC, a efectos
académicos, según lo establecido en su Reglamento de Prácticas Externas. El tutor de Metro
de Madrid, S. A., también participará en el proceso de Garantía de Calidad del Programa de
Prácticas, mediante la contestación de un cuestionario sobre el desarrollo de las mismas.
El tutor de Metro de Madrid, S. A., recibirá por parte de la Universidad Rey Juan Carlos un certificado acreditativo de la labor desarrollada, así como de la duración de la misma.
9.a Metro de Madrid, S. A., se reserva el derecho de dar de baja del programa a algún estudiante si incurriese en reiteradas faltas injustificadas de asistencia o puntualidad a
las prácticas, o no desarrollarse las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento
de las normas establecidas. De cualquier decisión de anulación será informada con carácter inmediato la URJC, especificando las causas concretas de la decisión.
El procedimiento para llevar a cabo dicha resolución se ajustará a lo previsto en el artículo 19.g) del Reglamento de Prácticas Externas, aprobado por el Consejo de Gobierno de
la Universidad Rey Juan Carlos.
10.a Metro de Madrid, S. A., se compromete una vez que se le incluya en la plataforma informática de la URJC y de acuerdo con las instrucciones de los responsables de la
Unidad de Prácticas Externas de dicha Universidad, a ir ofertando, según sus posibilidades,
las plazas de prácticas que considere procedentes, la titulación o titulaciones a las que se dirige, el perfil del alumno de prácticas, la duración de la práctica, conocimientos básicos y
fecha de inicio y final de la misma, y en general todos los requisitos que se puedan establecer para acceder para su desarrollo y realización.
11.a Metro de Madrid, S. A., se compromete a informar al estudiante sobre las condiciones de seguridad e higiene vigentes en la misma y sobre las medidas de prevención a

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