B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230306-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 439/2023, de 15 de febrero, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca proceso selectivo para el personal laboral fijo de la categoría profesional de Titulado Superior, Grupo I, Nivel 9, Áreas B y D, para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Escala de Veterinaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 6 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 55

así como tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección
“Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”.
Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación y anexado de la documentación que corresponda de entre las
que se indican en el apartado 3 de esta base, de acuerdo con las instrucciones que también
constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se
refiere la base quinta de la presente orden.
Finalizada la cumplimentación del formulario, el sistema le permitirá confirmarlo y
enviarlo mediante su firma electrónica y le generará un documento en formato pdf que deberá guardar.
3. Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la
documentación que corresponda de entre las que se indican a continuación:
a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber
abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base octava apartado 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones
pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención
de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa
de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava apartado 8.6 de la Orden 290/2018,
de 27 de junio.
c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y firme por medio
de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar
la correspondiente autorización en el formulario establecido al efecto, a través de
la página web correspondiente a esta convocatoria, disponible en el enlace:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/funcionarización ,
o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid
4. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la dirección general competente en materia de Función Pública para el desarrollo del presente
proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
5. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso
selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.

Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en la
base octava apartado 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación: “Funcionarización Técnico Superior de Salud Pública-Veterinaria”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la
precitada base octava apartado 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten
participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma,

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Quinta