D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230303-24)
Vías pecuarias –  Resolución de 13 de febrero de 2023, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Vereda de las Eras de Arriba, en el término municipal de Alpedrete, para acometida subterránea de línea de baja tensión en la calle Matías Gómez, número 10, actuación promovida por I-DE Redes Subterráneas Inteligentes, S. A. U.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 53

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
24

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2023, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa
a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Vereda de las Eras
de Arriba, en el término municipal de Alpedrete, para acometida subterránea de
línea de baja tensión en la calle Matías Gómez, número 10, actuación promovida por I-DE Redes Subterráneas Inteligentes, S. A. U.

Examinado el expediente 554/22 de ocupación temporal de la vía pecuaria Vereda de
las Eras de Arriba, en el término municipal de Alpedrete, se desprenden los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/409313.9/22, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud de
autorización de ocupación de la vía pecuaria Vereda de las Eras de Arriba, en el término municipal de Alpedrete, para acometida subterránea de línea de baja tensión en la calle Matías Gómez, número 10, actuación promovida por I-DE Redes Subterráneas Inteligentes, S. A. U.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de
la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura.
RESUELVE
Primero
Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 554/22, de referencia.

Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE

Tercero
Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante
la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en estas dependencias o en

BOCM-20230303-24

Segundo