Torrejón de Ardoz (BOCM-20230303-98)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 53

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
98

TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO

Modificación convocatoria ayudas a clubes y entidades deportivas de Torrejón de Ardoz 2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/675941 ).
Advertido error en el extracto de la convocatoria de ayudas a clubes y entidades deportivas para el año 2023 del municipio de Torrejón de Ardoz (2023/2023/3/640815/000),
BDNS 675941, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 44, de fecha 21 de febrero de 2023, procedemos a la nueva publicación de las mismas, a
fin de subsanar dicho error.
Según acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 13 de febrero de 2023 (punto número 10 del orden del día), por la que se aprueban las bases y convocatoria para la concesión de ayudas a clubes y entidades deportivas en 2023 del municipio de Torrejón de Ardoz (2023/2023/3/640815/000) BDNS 675941 y acuerdo de Junta de Gobierno Local de
fecha 20 de febrero de 2023 (punto número 2 del orden del día), en el que se da cuenta del
error advertido.
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvenciones los clubes y entidades deportivas de Torrejón de Ardoz que figuren inscritas en el registro municipal de entidades
del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con al menos dos años de antigüedad con carácter general, desde la fecha de aprobación de las bases de convocatoria por la Junta de Gobierno Local y que también figuren en el registro de entidades deportivas de la Concejalía
de Deportes.
Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
— Estar realizando actividades de forma continuada en el municipio con cuatro años
de antigüedad como mínimo con respecto a la fecha de la convocatoria.
— Desarrollar actividades deportivas de modalidades oficialmente reconocidas, por
alguna federación deportiva madrileña o española.
— No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las entidades deberán contar con, al menos, un 75 por 100 de deportistas empadronados en Torrejón de Ardoz. Podrá requerirse, si se estimara oportuno por la Concejalía de
Deportes, el empadronamiento de los deportistas del club o entidad.
Haber presentado adecuadamente la justificación económica de la subvención concedida en el ejercicio anterior.
Haber cumplido con las estipulaciones establecidas en Convenios de Colaboración establecidos por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con clubes o entidades del municipio.
En el caso de los clubes/entidades deportivas que cuenten con equipos femeninos deberán tener en cuenta, en materia de contratación, la no inclusión de cláusulas antiembarazo.
Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, aportando cuanta información o documentación le sea requerida.
Cumplir la legislación vigente en relación de la Ley 1/2019, de 27 de febrero, de modificación de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las
profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.
Que no han recibido ayudas para la finalidad, procedente de cualquier ente público o
privado, ya sea nacional o internacional. En caso de incumplir este requisito el responsable
siempre será el club o entidad.

BOCM-20230303-98

BDNS (Identif.): 675941