Móstoles número 2 (BOCM-20230303-110)
Procedimiento 647/2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 53

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
110

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 647/2022 de este Juzgado de lo social, seguido
a instancia de D. JORGE EMBARBA PEREZ, D. SERGIO EMBARBA PEREZ y D.
MARCOS GONZÁLEZ CANDILEJO frente a DASERCEL INSTALACIONES ELECTRICAS S.L, sobre Procedimiento Ordinario se han dictado las siguientes resoluciones:
- Auto de acumulación de fecha 02.02.2023, cuya parte dispositiva es del tenor literal
siguiente:
Se acuerda la acumulación a los presentes autos número 647/2022, de los que se siguen también en este Juzgado con el/los números ORD 649/2022 y ORD 648/2022, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos.
Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.

NOMBRE
D. Jorge Embarra Pérez
D. Marcos González Candilejo
D. Sergio Embarra Pérez

CANTIDAD

MORA

13.992,39

1.049,43

7.153,95

536,55

11.046,09

828,46

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días
siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá
acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de
este Juzgado 2851-0000-00-0647-22 abierta en la oficina del Banco Santander 1564 sita en
Avda. Constitución 52 de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera
por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este Juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo
“observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos 2851-0000-00-0647-22.

BOCM-20230303-110

MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco
Santander con número 2851-0000-00-0647-22 y exigible únicamente a quienes no tengan
la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con
apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
- Sentencia de fecha 07.02.2023, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Estimo parcialmente la demanda y condeno a DASERCEL INSTALACIONES
ELECTRICAS S.L., a que abone a cada demandante la cantidad que seguidamente se indica, incrementada en el 10% de interés anual por mora que también se concreta: