D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230303-52)
Convenio –  Convenio de 14 de febrero de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Kárate y Disciplinas Asociadas, para el desarrollo del Programa “Madrid Comunidad Inclusiva” 2023, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

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coherente, efectiva y proporcionada, dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios
de comunicación y el público.
Por lo que respecta a las medidas de información y comunicación de las actuaciones
que desarrollan las inversiones (tales como identificaciones gráficas, carteles informativos,
etc.) en el caso de que se determine la identificación mediante alguno de estos medios, dichas identificaciones deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público, y
ajustarse al manual de estilo y diseño oficiales (tales como logo con el emblema de la Unión
Europea, textos tales como “Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU”), normas gráficas y los colores normalizados establecidos en el Anexo II del Reglamento de Ejecución número 821/2014 de la Comisión, de 28 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y
del Consejo en lo que se refiere a las modalidades concretas de transferencia y gestión de
las contribuciones del programa, la presentación de información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las medidas de información y comunicación de las
operaciones, y el sistema para el registro y el almacenamiento de datos, consultables en
http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y ejemplos en https://europa.eu/europeanunion/about-eu/symbols/flag_es#download
2. La Comunidad de Madrid, se compromete a la realización de las siguientes actuaciones concretas:
— Elaboración de un plan anual de promoción deportiva en centros escolares de la
Comunidad de Madrid que incluya la modalidad deportiva atendiendo a sus características específicas.
— Publicación, y difusión de las actividades específicas contempladas en el Plan.
— Recepción de solicitudes de participación y adjudicación a los centros escolares
participantes.
— Elaboración y control del calendario de actividades.
— Coordinación con los técnicos de la Federación y los centros escolares.
— Seguimiento y evaluación de las actividades realizadas.
— Elaboración y valoración de una encuesta para profesores sobre los diferentes aspectos que componen las actividades realizadas.
Quinta
Al amparo de lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, se constituye una Comisión para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente Convenio y de las obligaciones de las partes,
cuya composición, funciones y régimen de funcionamiento serán los siguientes:
1. Composición:
Estará integrada por cinco miembros:
— El titular de la Subdirección General de Programas Deportivos, que actuará como
presidente.
— El Presidente de la Federación o persona en quien delegue.
— Dos técnicos de la Comunidad de Madrid, nombrados por el titular de la Dirección
General de Deportes, uno de los cuales actuará como secretario.
— Un técnico de la Federación, nombrado por el presidente.
2. Funciones:
— Realizar el seguimiento de las actividades relacionadas con el presente Convenio.
— Proponer medidas que puedan servir para la mejor realización de las actividades
previstas.
— Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del Convenio que pudieran plantearse.
— Informar a la Dirección General de Deportes de los incumplimientos que se produzcan.
— Cuantas otras se deriven del presente Convenio.
3. Funcionamiento: La Comisión se reunirá al menos una vez durante la vigencia del
Convenio y cuantas otras sean necesarias a petición de cualquiera de las partes.

BOCM-20230303-52

Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio