D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230303-50)
Convenio –  Convenio de 13 de febrero de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Hockey, para el desarrollo del Programa “Madrid Comunidad Inclusiva” 2023, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

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tificaciones deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público, y ajustarse al
manual de estilo y diseño oficiales (tales como logo con el emblema de la Unión Europea, textos tales como “Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU”), normas gráficas y
los colores normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de ejecución número 821/2014, de la Comisión, de 28 de julio, por el que se establecen disposiciones de
aplicación del Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las modalidades concretas de transferencia y gestión de las
contribuciones del programa, la presentación de información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las medidas de información y comunicación de
las operaciones, y el sistema para el registro y el almacenamiento de datos, consultables en
http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y ejemplos en https://europa.eu/europeanunion/about-eu/symbols/flag_es#download2. La Comunidad de Madrid se compromete a la realización de las siguientes actuaciones concretas:
— Elaboración de un plan anual de promoción deportiva en centros escolares de la
Comunidad de Madrid que incluya la modalidad deportiva atendiendo a sus características específicas.
— Publicación y difusión de las actividades específicas contempladas en el Plan.
— Recepción de solicitudes de participación y elección de centros escolares participantes.
— Elaboración y control del calendario de actividades.
— Coordinación con los técnicos de la Federación y los centros escolares.
— Seguimiento y evaluación de las actividades realizadas.
— Elaboración de una encuesta para profesores y alumnos sobre los diferentes aspectos que componen las actividades realizadas.
Quinta
Al amparo de lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, se constituye una comisión para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de las obligaciones de las partes,
cuya composición, funciones y régimen de funcionamiento serán los siguientes:
1. Composición:
Estará integrada por cinco miembros:
— El titular de la Subdirección General de Programas Deportivos, que actuará como
presidente.
— El Presidente de la Federación o persona en quien delegue.
— Dos técnicos de la Comunidad de Madrid, nombrados por el titular de la Dirección
General de Deportes, uno de los cuales actuará como secretario.
— Un técnico de la Federación, nombrado por el presidente.
2. Funciones:
— Realizar el seguimiento de las actividades relacionadas con el presente convenio.
— Proponer medidas que puedan servir para la mejor realización de las actividades
previstas.
— Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio que pudieran plantearse.
— Informar a la Dirección General de Deportes de los incumplimientos que se produzcan.
— Cuantas otras se deriven del presente convenio.
3. Funcionamiento:
La comisión se reunirá al menos una vez durante la vigencia del convenio y cuantas
otras sean necesarias a petición de cualquiera de las partes.
Sexta
Vigencia del convenio
El presente convenio producirá efectos desde el día de su firma hasta el 30 de junio de 2023,
a efectos de que la Federación pueda concluir el trabajo desarrollado y que la Dirección Ge-

BOCM-20230303-50

Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio