D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230303-51)
Convenio –  Convenio de 13 de febrero de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Paralímpico Español, para la colaboración en la realización del Proyecto “Relevo Paralímpico”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 53

VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

Pág. 171

Disponen de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza el CPE: La gestión de datos
personales del presente Convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada “Eventos, Convenios y Patrocinios”, cuyo Responsable es el Comité
Paralímpico Español, y cuya finalidad es la “Gestión contractual, contable, fiscal
y administrativa de eventos, convenios y patrocinios”. Pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del
tratamiento, dirigiendo una solicitud al Delegado de Protección de datos del Responsable del Tratamiento a través de dpd@paralimpicos.es
Disponen de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.paralimpicos.es/politica-privacidad
Los datos personales tratados no serán objeto de comunicación a terceros, salvo para
el cumplimiento de una obligación legalmente establecida, o en caso de que el interesado
otorgue su consentimiento.
Decimocuarta
Naturaleza y jurisdicción

BOCM-20230303-51

El presente Convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 del
mismo, quedando sujeto a las normas de derecho público que regulan los convenios, y en concreto, a lo dispuesto en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid y en el Capítulo VI del Título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo la jurisdicción contenciosoadministrativa la competente para resolver todas aquellas cuestiones que en interpretación,
cumplimiento y ejecución de este se puedan plantear entre las partes y no puedan ser resueltas por la Comisión de Seguimiento del Convenio.
Ninguna cláusula de este Convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
Las partes acuerdan que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes
de la ejecución o interpretación, directa o indirectamente, del presente Convenio, se someterán a la Comisión de Seguimiento establecida y si no fuese posible llegar a un acuerdo,
con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someterán a los Juzgados y
Tribunales competentes de Madrid.
En prueba de conformidad se firma electrónicamente por ambas partes.
Madrid, a 13 de febrero de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, Marta Rivera de la
Cruz.—Por el Comité Paralímpico Español, Miguel Carballeda Piñeiro.
(03/3.167/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791