D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - O. A. Agencia de la Vivienda Social (BOCM-20230303-28)
Convenio –  Adenda de 16 de febrero de 2023, al convenio entre la Agencia de Vivienda Social y el Ayuntamiento de Arroyomolinos, para el realojamiento del núcleo chabolista de “Río Guadarrama-Las Sabinas” en el municipio de Arroyomolinos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 53

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
O. A. AGENCIA DE LA VIVIENDA SOCIAL
28

ADENDA de 16 de febrero de 2023, al convenio entre la Agencia de Vivienda
Social y el Ayuntamiento de Arroyomolinos, para el realojamiento del núcleo chabolista de “Río Guadarrama-Las Sabinas” en el municipio de Arroyomolinos.
REUNIDAS

De una parte, D.a Paloma Martín Martín, Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura de la Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 45/2021, de 19 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 21 de junio de 2021), comparece y firma en calidad de Presidenta del Consejo
de Administración de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (en adelante, Agencia de Vivienda Social), por Acuerdo de 15 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra al Presidente y a los Vocales del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de septiembre de 2021), en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 1.2 y 5.1 a) y f) del Decreto 244/2015, de 29 de diciembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la organización, estructura y régimen de
funcionamiento de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, en relación
con el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Ana Millán Arroyo, Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de
Arroyomolinos, en nombre y representación de dicho Ayuntamiento y en ejercicio de las
atribuciones conferidas en el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid en relación con el 21.1.b) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Las partes, en razón de sus respectivos cargos y de la representación que ostentan, tienen atribución suficiente para otorgar la presente Adenda y, a tal efecto,

I. El Ayuntamiento de Arroyomolinos y la Comunidad de Madrid a través de la
Agencia de Vivienda Social han suscrito un convenio, en fecha 18 de marzo de 2021, para
el realojo e integración de familias residentes en el núcleo chabolista del “Río GuadarramaLas Sabinas”, del que se derivan básicamente una serie de obligaciones para las partes, siendo las que corresponden al Ayuntamiento de Arroyomolinos entre otras, la de incorporar
viviendas para la bolsa de viviendas en el territorio de la Comunidad de Madrid, en un porcentaje del 25 por ciento del total, a la que se refiere la estipulación cuarta del convenio.
El Ayuntamiento de Arroyomolinos plantea que hay dificultades técnicas que dicha
obligación está generando en su gestión administrativa. Desde el compromiso municipal de
cumplir con todas las determinaciones financieras del convenio, el Ayuntamiento de Arroyomolinos ha considerado la posibilidad de que el porcentaje de incorporación de viviendas relativo a la bolsa en lo que respecta al Ayuntamiento de Arroyomolinos, que corresponde al 25 %, pueda realizarse por la Agencia de Vivienda Social mediante la aportación
de viviendas que posea con carácter previo este Organismo o que pudiera ir adquiriendo.
Para ello se propone que la Agencia de Vivienda Social, con objeto de proceder a las necesidades inmediatas de realojo, así como a dar solución a causas justificadas que impliquen
una inmediata intervención, pueda incorporar automáticamente mayor número de viviendas al cumplimiento de los fines del convenio, con la consiguiente compensación económica, en su caso, que ello diera lugar, y con los límites en todos los casos de los porcentajes
de financiación que corresponden a ambas Administraciones, todo ello de acuerdo a lo establecido en el convenio de 18 de marzo de 2021.

BOCM-20230303-28

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