C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230302-27)
Plan integral inspección sanitaria –  Orden 187/2023, de 8 de febrero, del Consejero de Sanidad, por la que se aprueban el Plan Integral de Inspección de Sanidad y los criterios de actuación para los años 2023-2025
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B.O.C.M. Núm. 52

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MARZO DE 2023

medios y normas mínimas de funcionamiento, suficientes para realización de la
actividad sanitaria que normativamente tienen asignada, con las debidas garantías
para los usuarios.
1.4.2. Programa de idoneidad de las páginas web de las oficinas de farmacia para la
venta de medicamentos humanos no sujetos a prescripción médica.
Objetivo:
— Verificar, con carácter previo a su puesta en funcionamiento, que los sitios web de las
oficinas de farmacia para la venta de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica, reúnen las condiciones establecidas en el Real Decreto 870/2013,
de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
1.4.3. Programa de evaluación del funcionamiento y de la calidad del servicio prestado a los ciudadanos por las Oficinas de Farmacia.
Objetivo:
— Inspección y seguimiento de la actividad desarrollada por las oficinas de farmacia
en todos los ámbitos de su competencia, incluida la elaboración y dispensación de
Fórmulas magistrales y preparados oficinales y la venta a distancia de medicamentos a través de sitios web, con el fin de evaluar el funcionamiento y la calidad
del servicio prestado por las oficinas de farmacia a los ciudadanos.
1.4.4. Programa de evaluación del acceso a la prestación farmacéutica del Sistema
Nacional de Salud.
Objetivo:
— Comprobar que el acceso de los usuarios a la prestación farmacéutica se realiza
con criterios terapéuticos y de uso racional del medicamento, en condiciones de
transparencia, calidad y eficiencia, en especial seguimiento a colectivos sensibles
bien por sus condiciones sanitarias o sociales.
1.4.5. Programa de control de la dispensación de medicamentos en oficinas de farmacia.
Objetivo:
— Verificar que la dispensación de medicamentos en general, y de aquellos medicamentos diana en particular, se realiza en el marco de la legislación vigente, con especial atención a medicamentos susceptibles de desvío a otros usos, sometidos a
condiciones especiales de seguimiento y control por sus características terapéuticas o sobre los que se hayan detectado pautas inusuales en la distribución.
1.4.6. Programa de seguimiento de la utilización fraudulenta de recetas médicas oficiales del Sistema Nacional de Salud.
Objetivo:
— Detectar, analizar y controlar la obtención de medicamentos susceptibles de desvío a usos no terapéuticos, utilizando como soporte, de manera fraudulenta, la receta oficial del SNS.
1.4.7. Programa de tramitación de Denuncias y Reclamaciones.
Objetivos:
— Comprobar las posibles irregularidades denunciadas por los usuarios en relación
con la atención farmacéutica prestada en las oficinas de farmacia.
— Comprobar las posibles irregularidades denunciadas en relación con el acceso a la
Prestación Farmacéutica tanto a nivel de médico prescriptor como de oficina de
farmacia en que se realiza la dispensación.
1.4.8. Programa de control y seguimiento de la prescripción, dispensación y facturación de medicamentos a través de receta médica oficial del SNS.
Objetivos:
— Con base en los índices de prescripción, su ajuste a protocolos de tratamiento por
patologías y a criterios de eficiencia, analizar y controlar la prescripción de los
médicos autorizados a prescribir en receta oficial.
— Detección de incidencias, análisis y esclarecimiento de las circunstancias que motivan la dispensación y facturación a través de recetas oficiales con prescripciones

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