C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230302-27)
Plan integral inspección sanitaria –  Orden 187/2023, de 8 de febrero, del Consejero de Sanidad, por la que se aprueban el Plan Integral de Inspección de Sanidad y los criterios de actuación para los años 2023-2025
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B.O.C.M. Núm. 52

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MARZO DE 2023

1.1.2.8. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos
técnico-sanitarios en centros sanitarios renovados por declaración responsable.
1.1.2.9. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos
técnico-sanitarios en centros sanitarios renovados o modificados por silencio administrativo estimatorio.
1.1.2.10. Programa para garantizar la seguridad de los pacientes más vulnerables.
Valoración de los servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria, ubicados
en residencias de mayores y en centros de día.
1.1.2.11. Programa específico de comprobación de la correcta notificación y el mantenimiento de las condiciones de los desfibriladores inscritos en el Registro madrileño de
desfibriladores externos.
1.1.2.12. Programa específico para comprobación del cumplimiento del Decreto 4/2021,
de 20 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los requisitos para mejorar la seguridad del paciente, en los centros sanitarios recogidos en su artículo 2 punto 2.
1.1.2.13. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios en centros sanitarios con autorización de la oferta asistencial Medicina estética.
1.2. Plan Parcial de Inspección Sanitaria.
1.2.1. Integrar la información estadística departamental de la Subdirección General.
Objetivos:
— Redefinir los indicadores de actividad de la Inspección Sanitaria.
— Desarrollar la herramienta informática que permita el seguimiento de estos indicadores.
1.2.2. Programa de optimización de la gestión e inspección de la Incapacidad Temporal.
Objetivos:
— Desarrollar las agendas profesionales en el programa informático de gestión de la
Incapacidad Temporal ITWeb.
— Continuar con el desarrollo de nuevas funcionalidades del programa ITWeb para
la mejora de la gestión de la Incapacidad Temporal y la automatización de procedimientos de control.
— Asesorar y formar a los profesionales implicados en la gestión de la IT en la utilización del programa ITWeb como herramienta de gestión de la Incapacidad Temporal.
— Impartir formación teórica y práctica en materia de Incapacidad Temporal a residentes de Medicina Familiar y Comunitaria y residentes de Medicina y Enfermería del Trabajo.
— Desarrollar en la Unidad de Valoración de Enfermedades Profesionales de la Comunidad de Madrid (UVEP) la implementación de herramientas de comunicación
(informáticas, etcétera) para la correcta captación y gestión de los casos susceptibles de ser valorados con Enfermedad Profesional.
— Desarrollar y monitorizar los programas específicos ya implantados para el control de la Incapacidad Temporal del personal de los centros dependientes de la
Administración Regional.
1.2.3. Programa de optimización de la gestión del visado farmacéutico.
Objetivos:
— Comprobar la adecuación de la prescripción farmacéutica a los criterios establecidos de indicación para aquellos medicamentos que requieren visado, promoviendo,
en su caso, la actualización de los criterios de uso de determinados medicamentos
y su visado.
— Promover todas aquellas actuaciones que favorezcan la agilización y homogeneización de los criterios para el visado en el Servicio Público de Salud.
1.2.4. Programa de seguimiento y análisis de los informes técnicos en materia de responsabilidad patrimonial derivada de la asistencia sanitaria.
Objetivos:
— Verificar el grado de realización de informes y la adecuación de los tiempos de
respuesta, fomentando el apoyo de otras áreas, adecuando los recursos a la demanda, supervisando el circuito de tramitación interna, detectando y evitando posibles
ineficiencias.
— Analizar el grado de concordancia de las conclusiones de los informes con las resoluciones adoptadas y, en su caso, las sentencias judiciales recaídas.

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