B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230301-6)
Concurso de traslados –  Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Directora General de Función Pública, por la que se procede a resolver la segunda fase del concurso de traslados para personal laboral fijo de la administración de la Comunidad de Madrid, convocado al amparo de la Orden 2594/2019, de 19 de julio
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 51

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE MARZO DE 2023

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Segundo
En el supuesto de que se participe desde una situación que conlleve reserva de puesto y
se obtenga otro en el presente concurso de traslados, la persona adjudicataria deberá optar
entre incorporarse de forma efectiva al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación,
lo que comunicará, en el plazo o fecha de incorporación establecida, al órgano competente
en materia de personal, entendiéndose, en este último caso o en el caso de que no formule
opción, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.
Cuando se produzca la adjudicación de un puesto a una persona que se encuentre en
una situación de excedencia que no conlleve reserva de puesto de trabajo supondrá su reingreso al servicio activo, siendo declarada de oficio en situación de excedencia voluntaria si
no existiera incorporación efectiva en el plazo establecido al efecto.
Tercero
La presente resolución tendrá efectos, con carácter general, del 1 de abril de 2023, sin
perjuicio del tratamiento específico de las situaciones que conlleven reserva de puesto.
A fin de dar cumplimiento a la presente resolución, las personas interesadas deberán
personarse en las subdirecciones generales o unidades de personal de las consejerías y organismos de nuevo destino entre los días 20 y 24 de marzo, con el objeto de firmar la oportuna diligencia para unir a su contrato de trabajo.
El orden de presentación de cada una de las personas que hayan resultado adjudicatarias de
alguna de las plazas incluidas en la presente resolución de esta segunda fase del concurso de traslados en las correspondientes subdirecciones generales o unidades de personal de las consejerías y organismos afectados, durante las fechas indicadas en el apartado anterior, será objeto
de publicación posteriormente, procediéndose a su difusión con la suficiente antelación
en el enlace: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/concursotraslados-personal-laboral o en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL
es https://sede.comunidad.madrid
Si la plaza a que accediere el participante adjudicatario se encontrase ocupada transitoriamente por personal con relación jurídico laboral de interinidad, se procederá, en el momento de la adjudicación del puesto a su titular, aun cuando no se produzca su incorporación
efectiva al mismo, a la terminación de la relación laboral del interino contratado.
Cuarto

BOCM-20230301-6

Contra la presente Resolución y las actuaciones que se deriven de la misma podrán las
personas interesadas interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo
social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y
en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Dado en Madrid, a 15 de febrero de 2023.—La Directora General de Función Pública,
María José Esteban Raposo.
(03/2.981/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791