C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230228-29)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 387/2023, de 20 de febrero, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones, correspondiente a los cursos 2023-2024, 2024-2025, 2025-2026 y 2026-2027, en materia de becas para el estudio de bachillerato
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 50

ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO CORRESPONDIENTE A LOS CURSOS 2023-2024,
2024-2025, 2025-2026 Y 2026-2027 PARA LA CONCESIÓN DE BECAS
PARA EL ESTUDIO DE BACHILLERATO
I. Ámbito normativo y competencial
El presente plan estratégico de subvenciones tiene como referente normativo competencial las siguientes normas:
— El Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades.
— La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— El Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
— El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
II. Objetivos estratégicos
Los objetivos generales que se pretenden cumplir con el presente Plan Estratégico son:
— Garantizar el acceso a los estudios de bachiller en centros privados de su propia
elección a las familias con menos recursos económicos.
— Consolidar la libre elección de centro educativo de las familias de los alumnos beneficiarios de las becas de bachillerato.
El objetivo específico de este plan es la implantación de una financiación del bachiller
superior en los centros privados en los que esta enseñanza ya no está concertada.
III. Coste presupuestario previsible
Para la financiación de estas becas se dispondrá para cada curso escolar de un total de
43.497.750 euros, con cargo al Subconcepto 48399 del Programa 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, correspondiendo 21.748.875 euros a cada anualidad.
IV. Financiación
El presente plan estratégico será financiado en su totalidad con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, a través del Programa presupuestario 323M
“Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”.
V. Plazo de ejecución
El presente plan estratégico se aplica para los cursos 2023-2024, 2024-2025, 2025-2026
y 2026-2027 y estará vigente mientras no se elaboren unas nuevas bases reguladoras o se
modifiquen las existentes.
VI. Efectos o resultados perseguidos

VII. Indicadores que permitan verificar el grado de cumplimiento
de los objetivos y resultados
Los indicadores serán de tipo cuantitativo y cualitativo:
Indicadores cuantitativos:
— Se estima que un número de 330 centros de Bachillerato de carácter privado en la
Comunidad de Madrid tengan alumnos beneficiarios de la beca.

BOCM-20230228-29

El principal efecto perseguido es el cumplimiento de los objetivos generales y específicos planteados.
En términos anuales se estima la concesión de 15.130 becas de bachillerato en centros
privados.