Fuenlabrada (BOCM-20230228-74)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 50

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 375

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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FUENLABRADA

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 3 de febrero de 2023,
adoptó los siguientes acuerdos:
Primero.—Aprobar la corrección de errores y rectificación de las bases generales,
anexos de condiciones específicas y convocatoria del proceso de estabilización del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos por el procedimiento de concurso
oposición de la disposición adicional sexta u octava de la ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, previsto
en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobadas en sesión de la Junta de Gobierno Local, de 20 de diciembre de 2022, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de diciembre de 2022 número 308, página 751 en los términos
siguientes:
I. En la base 5.2, se rectifica su redacción, de modo que:
Donde dice:
“5.2. Empate En caso de empate en la calificación final, se resolverá de acuerdo al
siguiente orden de prelación:
6) Mayor antigüedad en la plaza convocada en la entidad convocante.
7) Mayor antigüedad total en número de meses en la entidad convocante.
8) Mayor puntuación obtenida en el apartado 4.3.1.a) (experiencia).
9) Mayor puntuación obtenida en el apartado 4.3.2. (formación)”.
Debe decir:
“5.2. Empate En caso de empate en la calificación final, se resolverá de acuerdo al
siguiente orden de prelación:
1) Mayor antigüedad en la plaza convocada en la entidad convocante.
2) Mayor antigüedad total en número de meses en la entidad convocante.
3) Mayor puntuación obtenida en el apartado 4.3.1.a) (experiencia)
4) Mayor puntuación obtenida en el apartado 4.3.2 (formación)”.
II. En el anexo específico número 10 de las plazas de técnico de biblioteca, debe añadirse:
“Valoración específica de méritos:
Además de la formación que constan en las bases generales se valorará en el apartado
de formación transversal la realización de los siguientes cursos:
— Formación en Gamificación: Juego y Gamificación en biblioteca y ámbito cultural.
— Sistema de gestión ABSYSNET.
Por la realización de cada curso de formación de una duración mínima de 2 horas, corresponderá 3 puntos.
Por la realización de cada curso de formación de duración superior a 2 horas, corresponderá 4 puntos”.
III. En el anexo específico número 2 de Administrativo/a, en el punto 5 del temario:
Donde dice:
“5. Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Título preliminar. Ámbito de
aplicación. Título I. Recursos de las haciendas locales. Título II. Recursos de los municipios. Título IV. Presupuesto y gasto público”.

BOCM-20230228-74

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