Colmenarejo (BOCM-20230227-63)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 49

6. Gestión, coordinación y dirección del Complejo Deportivo Municipal “Príncipe
de Asturias”.
7. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
8. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
Fiestas

BOCM-20230227-63

1. Señalar las directrices generales en la materia delegada.
2. Gestión, fomento y coordinación de las celebraciones de las fiestas populares.
3. Formular propuestas relacionadas con la celebración de fiestas populares.
4. Hacer cumplir los Bandos y Órdenes emanados de la Alcaldía, las Ordenanzas
Municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al Municipio, dentro de la
competencia que se delega.
5. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
6. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
Tercero.—Las expresadas delegaciones genéricas lo son, sin perjuicio de la facultad
de la Alcaldía:
— De recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los
actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
— La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de transcendencia.
— De avocar en cualquier momento a la delegación y las competencias atribuidas
conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.—Queda sin validez ni efectos cualquier otro Decreto de Alcaldía dictado con
anterioridad relacionado con la organización municipal y delegaciones de competencias en
los Concejales.
Quinto.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en contrario.
Sexto.—Las presentes delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente al de la fecha de la Resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
Colmenarejo, a 14 de febrero de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Nieves Roses Roses.
(03/2.765/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791