D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230225-4)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2019, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Tomillo, para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 48

c) Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que
tenga acceso, así como sobre los que resulten de su tratamiento, cualquiera que sea
el soporte en el que se hubieren obtenido. Esta obligación se extiende a todo el personal adscrito al servicio, con independencia de su vinculación, laboral, voluntaria, etc., o cualquier otra normativamente prevista para tal servicio.
d) El deber de secreto de las personas que tengan acceso a los datos personales, deberá constar por escrito. Su duración se extenderá aún después de la terminación de
la prestación del Servicio o de su desvinculación con la Fundación Tomillo, por
aplicación directa del RGPD.
e) Garantizar la formación de su personal, en materia de protección de datos personales antes, durante y después de asumir expresamente el deber de confidencialidad
que han de suscribir los empleados afectos al servicio, con motivo del presente encargo.
f) Registrar documentalmente la observancia de las obligaciones relativas a: i) control de accesos y medidas de seguridad, ii) el deber de comunicación de los incidentes de seguridad, iii) el ejercicio de derechos por los titulares, iv) la realización
de evaluaciones de impacto, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la
naturaleza de los datos tratados. En su caso, también colaborará en la realización
de auditorías, consultas previas o inspecciones que realicen las autoridades competentes.
g) Informar inmediatamente a la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad, (en el plazo máximo de 72 horas), en los términos del artículo 33 RGPD,
cualquier fallo en el sistema que haya puesto, o pueda poner en peligro la seguridad, o bien cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo
de la que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para
la notificación de la incidencia a la Autoridad de Control. Se procederá de forma
idéntica en el supuesto de una vulneración de la confidencialidad. (ej.: si accidentalmente es accesible a terceros los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución del convenio). El adjudicatario deberá comunicarlo urgentemente (en un
plazo máximo de 72 horas) al responsable de tratamiento, a través de un email al
Delegado de Protección de Datos, protecciondatos-psociales@madrid.org, y también mediante escrito presentado ante el Registro de la Consejería competente.
h) No comunicar, ceder, ni difundir los datos personales a terceros, ni siquiera para
su conservación, salvo autorización expresa del responsable del tratamiento. Tampoco realizará ninguna operación de tratamiento de datos que no esté específicamente reflejada en las presentes estipulaciones, en el anexo II de “Encargo de Tratamiento de Datos” o que no se deduzcan razonablemente de las mismas.
i) Atender y/o coadyuvar a la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad,
siempre que sea posible, para que ésta pueda resolver y atender a los titulares (de
los datos personales) en el ejercicio de sus derechos.
j) Tener a disposición de la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad,
para cuando así le sea requerido, los certificados previos del grado de cumplimiento, resultados de auditorías, sellos de calidad y demás justificantes que se generen
o que obtenga a su calidad de encargado de tratamiento.
k) En el supuesto de que la Fundación Tomillo requiera subencargar el tratamiento
de datos a un tercero, ya sea mediante la gestión directa o indirecta del servicio,
deberá, con carácter previo a formalizar el subencargo de tratamiento, o bien a la
mayor brevedad posible si ya hubiera sido formalizado anteriormente, facilitar los
datos del subencargado de tratamiento a la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad. Asimismo, trasladará al subencargado las obligaciones de esta
cláusula que les sean aplicables, y en todo caso, el deber de confidencialidad y secreto recogidos en las letras c) y d).

Indicación de la vinculación, publicidad e imagen
La Comunidad de Madrid y la Fundación Tomillo se comprometen a citar su colaboración mutua en cualquier acto de comunicación o difusión referido a las actividades objeto del convenio.
La Fundación Tomillo introducirá de forma visible el logotipo de la Comunidad de
Madrid y su respectivo logotipo en cuantas publicaciones, ediciones y demás material de
difusión o publicación realice relacionado con el objeto convenido.

BOCM-20230225-4

Octava