D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230225-3)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2019, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Amigó, para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE FEBRERO DE 2023

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B.O.C.M. Núm. 48

el soporte en el que se hubieren obtenido. Esta obligación se extiende a todo el
personal adscrito al servicio, con independencia de su vinculación, laboral, voluntaria, etc., o cualquier otra normativamente prevista para tal servicio.
El deber de secreto de las personas que tengan acceso a los datos personales, deberá constar por escrito. Su duración se extenderá aún después de la terminación de
la prestación del Servicio o de su desvinculación con la Fundación Amigó, por
aplicación directa del RGPD.
Garantizar la formación de su personal, en materia de protección de datos personales antes, durante y después de asumir expresamente el deber de confidencialidad
que han de suscribir los empleados afectos al servicio, con motivo del presente encargo.
Registrar documentalmente la observancia de las obligaciones relativas a: i) control de accesos y medidas de seguridad, ii) el deber de comunicación de los incidentes de seguridad, iii) el ejercicio de derechos por los titulares, iv) la realización
de evaluaciones de impacto, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la
naturaleza de los datos tratados. En su caso, también colaborará en la realización
de auditorías, consultas previas o inspecciones que realicen las autoridades competentes.
Informar inmediatamente a la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad
(en el plazo máximo de 72 horas), en los términos del artículo 33 RGPD, cualquier
fallo en el sistema que haya puesto, o pueda poner en peligro la seguridad, o bien
cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que
tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la notificación de la incidencia a la Autoridad de Control. Se procederá de forma idéntica
en el supuesto de una vulneración de la confidencialidad (ej.: si accidentalmente
es accesible a terceros los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución
del convenio). El adjudicatario deberá comunicarlo urgentemente (en un plazo
máximo de 72 horas) al responsable de tratamiento, a través de un email al Delegado de Protección de Datos, protecciondatos-psociales@madrid.org , y también
mediante escrito presentado ante el Registro de la Consejería competente.
No comunicar, ceder, ni difundir los datos personales a terceros, ni siquiera para
su conservación, salvo autorización expresa del responsable del tratamiento. Tampoco realizará ninguna operación de tratamiento de datos que no esté específicamente reflejada en las presentes estipulaciones, en el Anexo II de “Encargo de
Tratamiento de Datos” o que no se deduzcan razonablemente de las mismas.
Atender y/o coadyuvar a la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad,
siempre que sea posible, para que esta pueda resolver y atender a los titulares (de
los datos personales) en el ejercicio de sus derechos.
Tener a disposición de la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad,
para cuando así le sea requerido, los certificados previos del grado de cumplimiento, resultados de auditorías, sellos de calidad y demás justificantes que se generen
o que obtenga a su calidad de encargado de tratamiento.
En el supuesto de que la Fundación Amigó requiera subencargar el tratamiento de
datos a un tercero, ya sea mediante la gestión directa o indirecta del servicio, deberá, con carácter previo a formalizar el subencargo de tratamiento, o bien a la mayor brevedad posible si ya hubiera sido formalizado anteriormente, facilitar los
datos del subencargado de tratamiento a la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad. Asimismo, trasladará al subencargado las obligaciones de esta
cláusula que les sean aplicables, y en todo caso, el deber de confidencialidad y secreto recogidos en las letras c) y d).

Octava
La Comunidad de Madrid y la Fundación Amigó se comprometen a citar su colaboración mutua en cualquier acto de comunicación o difusión referido a las actividades objeto
del convenio.
La Fundación Amigó introducirá de forma visible el logotipo de la Comunidad de
Madrid y su respectivo logotipo en cuantas publicaciones, ediciones y demás material
de difusión o publicación realice relacionado con el objeto convenido.
La Comunidad de Madrid se reserva todos los derechos sobre sus marcas y nombres
y, en general, sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual.

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