D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230225-3)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2019, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Amigó, para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 48

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE FEBRERO DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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CONVENIO de 27 de diciembre de 2019, entre la Comunidad de Madrid y la
Fundación Amigó, para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social.
Madrid, a 27 de diciembre de 2019.
REUNIDOS

De una Parte, D. Alberto Reyero Zubiri, Excmo. Sr. Consejero de Políticas Sociales,
Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante Decreto 61/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Jesús María Echechiquía Pérez con NIF ***3929**, en nombre y representación de Fundación Amigó, inscrita en el Registro de Entidades de Acción Social y
Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid con el número E245.2, con domicilio social
en calle Zacarías Homs, número 18, con NIF G-81454969, en el ejercicio de las funciones
que tiene atribuidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de sus estatutos.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio, y

1. Que la Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 26.1, apartado 23 y 24, de su
Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, tiene atribuida competencia exclusiva en materia de promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes,
minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, así como la protección y tutela de menores y desarrollo de políticas de promoción integral de la juventud. Y
en particular, corresponde a la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad, de la
Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, entre otras funciones, el
impulso de políticas de protección al menor y a la familia, así como la promoción de recursos y actuaciones dirigidos a la consecución del bienestar social de la infancia y la adolescencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 197/2015, de 4 de
agosto, por el que se establece su estructura orgánica en relación con el Decreto 52/2019,
de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Para la consecución
de tales fines la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y
la Adolescencia de la Comunidad de Madrid en su artículo 3 determina entre otros principios de actuación de la administración, promover la participación de la iniciativa social en
relación con la atención y promoción de la infancia y la adolescencia, procurando su incorporación a los planes y programas de atención impulsados por las Administraciones Públicas y en la misma línea el artículo 90 promueve la colaboración con entidades privadas que
desarrollan actividades de interés social.
2. Que la Fundación Amigó es una organización sin ánimo de lucro, inscrita en el
Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid con el número 28/1022, y que, de
acuerdo con sus estatutos, persigue entre otros fines, la investigación, formación, sensibilización, asistencia y cooperación técnica en los campos educativos y sociales para el desarrollo
humano, la calidad de vida y el mejoramiento de la prevención, asistencia, integración y rehabilitación de niños/as, adolescentes y jóvenes que sufren abandono, marginación, alcoholismo, drogadicción, delincuencia, malos tratos, aislamiento y pobreza en el Estado Español y/o
en el extranjero. Así como el trabajo con sus familias, promoviendo su progresiva reinserción
social y su desarrollo libre e integral como personas con sus derechos plenamente respetados
y efectivos.

BOCM-20230225-3

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