Móstoles (BOCM-20230224-78)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 171
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la convocatoria de concesión de ayudas que permitan aunar y coordinar los
esfuerzos que se realicen para promover el desarrollo económico y la dinamización del
mercado de trabajo en el municipio de Móstoles, aprobada por Acuerdo de Junta de Gobierno Local 9/62, de 14 de febrero de 2023.
DBNS (Cod. Identif.): 677650
BOCM-20230224-78
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias ).
Primero. Objeto.—La presente Convocatoria tienen por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a través de una subvención teniendo como finalidad establecer las bases que permitan aunar y coordinar los esfuerzos
que se realicen para promover el desarrollo económico y la dinamización del mercado de
trabajo en el municipio de Móstoles.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán solicitar y, en su caso, cumplidos los trámites obtener esta ayuda aquellas organizaciones sindicales cuya programación y actuaciones se dirija a la totalidad del tejido empresarial y de trabajadores del municipio.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases que regulan las mencionadas ayudas han
sido remitidas a la Base Nacional de Subvenciones para la publicación y conocimiento de
conformidad con lo establecido en el Artículo 20 de la LGS.
Cuarto. Plazo de presentación.—El plazo para presentar las solicitudes será de diez
días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID. En el cómputo de plazo se excluye los sábados, domingos y
festivos, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 30 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto.—El Ayuntamiento aportará la cantidad total de 40.000,00 euros en concepto
de subvención
El importe total referido se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Móstoles para el ejercicio 2023: 15/2414/48927.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva. La presente convocatoria se enmarca en las Bases Reguladoras
de las Subvenciones a otorgar por el Ayuntamiento de Móstoles, aprobadas en las Bases de
Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Móstoles 2022, por lo que las ayudas se regirán con carácter principal, por lo contenido en dichas bases y convocatoria, y en
lo no previsto resultará plenamente de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo y demás normas de derecho público
y/o privado que puedan resultar de aplicación con carácter supletorio.
Móstoles, a 22 de febrero de 2023.—La concejala-delegada de Empleo y Nuevas
Tecnologías, Rebeca Prieto Moro.
(03/3.190/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 171
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la convocatoria de concesión de ayudas que permitan aunar y coordinar los
esfuerzos que se realicen para promover el desarrollo económico y la dinamización del
mercado de trabajo en el municipio de Móstoles, aprobada por Acuerdo de Junta de Gobierno Local 9/62, de 14 de febrero de 2023.
DBNS (Cod. Identif.): 677650
BOCM-20230224-78
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias ).
Primero. Objeto.—La presente Convocatoria tienen por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a través de una subvención teniendo como finalidad establecer las bases que permitan aunar y coordinar los esfuerzos
que se realicen para promover el desarrollo económico y la dinamización del mercado de
trabajo en el municipio de Móstoles.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán solicitar y, en su caso, cumplidos los trámites obtener esta ayuda aquellas organizaciones sindicales cuya programación y actuaciones se dirija a la totalidad del tejido empresarial y de trabajadores del municipio.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases que regulan las mencionadas ayudas han
sido remitidas a la Base Nacional de Subvenciones para la publicación y conocimiento de
conformidad con lo establecido en el Artículo 20 de la LGS.
Cuarto. Plazo de presentación.—El plazo para presentar las solicitudes será de diez
días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID. En el cómputo de plazo se excluye los sábados, domingos y
festivos, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 30 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto.—El Ayuntamiento aportará la cantidad total de 40.000,00 euros en concepto
de subvención
El importe total referido se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Móstoles para el ejercicio 2023: 15/2414/48927.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva. La presente convocatoria se enmarca en las Bases Reguladoras
de las Subvenciones a otorgar por el Ayuntamiento de Móstoles, aprobadas en las Bases de
Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Móstoles 2022, por lo que las ayudas se regirán con carácter principal, por lo contenido en dichas bases y convocatoria, y en
lo no previsto resultará plenamente de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo y demás normas de derecho público
y/o privado que puedan resultar de aplicación con carácter supletorio.
Móstoles, a 22 de febrero de 2023.—La concejala-delegada de Empleo y Nuevas
Tecnologías, Rebeca Prieto Moro.
(03/3.190/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791