Galapagar (BOCM-20230224-70)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 159
BOCM-20230224-70
en cumplimiento de lo que disponen los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986. Asimismo, esta resolución será notificada al interesado para su aceptación, informándole que, de
acuerdo con lo que dispone el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación
no realiza ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante.
Tercero.—Esta resolución se comunicará a la Tenencia de Alcaldía Delegada del Área
en la que se integra el ámbito funcional de delegación objeto de la delegación específica, y
se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
También se comunicará esta resolución a los departamentos municipales, para su conocimiento y para los debidos efectos.
Cuarto.—Se dispone, asimismo, el desempeño de estas Concejalías-Delegadas con dedicación parcial, con la asignación anual fijada en el acuerdo del Pleno celebrado el 29 de
julio de 2021, modificado por Acuerdo de Pleno de 26 de enero de 2023.
Para poder percibir las retribuciones establecidos por el desempeño del cargo en régimen de dedicación parcial será necesaria la dedicación efectiva de los miembros de la Corporación al ejercicio del cargo, como mínimo, de veinte (20) horas semanales, en jornada
de lunes a viernes, en horario distinto al que cada miembro de la Corporación realice su trabajo particular, lo que se acreditará mediante declaración responsable mensual formulada
por cada miembro de la Corporación expresiva de tal circunstancia.
Quinto.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición que deberá presentar dentro del
plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta
resolución, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que deberá presentar en el plazo de dos
(2) meses, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de las Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
No obstante lo anterior, puede interponer cualquier reclamación o recurso que estime
pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Galapagar, a 3 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Alberto Gómez Martín.
(03/2.016/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE FEBRERO DE 2023
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en cumplimiento de lo que disponen los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986. Asimismo, esta resolución será notificada al interesado para su aceptación, informándole que, de
acuerdo con lo que dispone el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación
no realiza ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante.
Tercero.—Esta resolución se comunicará a la Tenencia de Alcaldía Delegada del Área
en la que se integra el ámbito funcional de delegación objeto de la delegación específica, y
se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
También se comunicará esta resolución a los departamentos municipales, para su conocimiento y para los debidos efectos.
Cuarto.—Se dispone, asimismo, el desempeño de estas Concejalías-Delegadas con dedicación parcial, con la asignación anual fijada en el acuerdo del Pleno celebrado el 29 de
julio de 2021, modificado por Acuerdo de Pleno de 26 de enero de 2023.
Para poder percibir las retribuciones establecidos por el desempeño del cargo en régimen de dedicación parcial será necesaria la dedicación efectiva de los miembros de la Corporación al ejercicio del cargo, como mínimo, de veinte (20) horas semanales, en jornada
de lunes a viernes, en horario distinto al que cada miembro de la Corporación realice su trabajo particular, lo que se acreditará mediante declaración responsable mensual formulada
por cada miembro de la Corporación expresiva de tal circunstancia.
Quinto.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición que deberá presentar dentro del
plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta
resolución, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que deberá presentar en el plazo de dos
(2) meses, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de las Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
No obstante lo anterior, puede interponer cualquier reclamación o recurso que estime
pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Galapagar, a 3 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Alberto Gómez Martín.
(03/2.016/23)
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ISSN 1989-4791