C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230223-24)
Plan especial equipamientos – Acuerdo 106/2022, de 22 de diciembre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Equipamientos “Ciudad de la Justicia”, en el término municipal de Madrid promovido por la Dirección General de Infraestructuras Judiciales de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 46
Organismo autónomo Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de
Madrid.
— Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
Dirección General de Infancia, Familias y Fomento de la Natalidad.
Dirección General de Igualdad.
— Consejería de Sanidad.
Dirección General de Infraestructuras Sanitarias.
Cuarto
Remitir a la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética la solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada acompañada de la versión inicial del Plan Especial y del Documento Ambiental Estratégico, al objeto de que, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
Evaluación Ambiental, se inicie el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica
Simplificada, para la emisión del Informe Ambiental Estratégico.
Quinto
Dar traslado del expediente al municipio de Madrid para su conocimiento e informe,
conforme a lo establecido en el artículo 59.3.b) de la Ley 9/2001, otorgándole al efecto el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.
Sexto
BOCM-20230223-24
Suspender en el ámbito de actuación del Plan Especial la tramitación de instrumentos
de ordenación, así como los procedimientos de ejecución o intervención urbanística que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
Madrid, a 22 de diciembre de 2022.—El Secretario General Técnico, José Ignacio
Tejerina Alfaro.
(03/2.671/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 46
Organismo autónomo Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de
Madrid.
— Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
Dirección General de Infancia, Familias y Fomento de la Natalidad.
Dirección General de Igualdad.
— Consejería de Sanidad.
Dirección General de Infraestructuras Sanitarias.
Cuarto
Remitir a la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética la solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada acompañada de la versión inicial del Plan Especial y del Documento Ambiental Estratégico, al objeto de que, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
Evaluación Ambiental, se inicie el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica
Simplificada, para la emisión del Informe Ambiental Estratégico.
Quinto
Dar traslado del expediente al municipio de Madrid para su conocimiento e informe,
conforme a lo establecido en el artículo 59.3.b) de la Ley 9/2001, otorgándole al efecto el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.
Sexto
BOCM-20230223-24
Suspender en el ámbito de actuación del Plan Especial la tramitación de instrumentos
de ordenación, así como los procedimientos de ejecución o intervención urbanística que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
Madrid, a 22 de diciembre de 2022.—El Secretario General Técnico, José Ignacio
Tejerina Alfaro.
(03/2.671/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791