C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230223-23)
Delegación autorizaciones – Acuerdo de 13 de febrero de 2023, de la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, por el que se delega en las Secretarias Generales Técnicas la autorización de las ediciones de publicaciones en papel de las Direcciones Generales no adscritas a alguna Viceconsejería, previstas en el apartado tercero del punto octavo, “Criterios para una actuación austera”, del Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 46
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 137
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
23
ACUERDO de 13 de febrero de 2023, de la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, por el que se delega en las Secretarias Generales
Técnicas la autorización de las ediciones de publicaciones en papel de las Direcciones Generales no adscritas a alguna Viceconsejería, previstas en el apartado tercero del punto octavo, “Criterios para una actuación austera”, del
Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de
Madrid y de sus entes adscritos.
El Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de
sus entes adscritos, determina en el apartado tercero del punto octavo, “Criterios para una
actuación austera”, que “únicamente se podrá promover la edición de publicaciones en papel cuando sean de temática cultural, tengan como finalidad la promoción de la Comunidad
de Madrid o bien hayan sido autorizadas expresamente por la Comisión de Viceconsejeros
y Secretarios Generales Técnicos”.
Mediante Acuerdo, de 4 de abril de 2022, la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios
Generales Técnicos ha delegado en los Viceconsejeros competentes por razón de la materia
o en los Secretarios Generales Técnicos respecto a las publicaciones de las que sean promotores, la autorización de las ediciones de publicaciones en papel que no consistan en documentos u objetos documentales tales como libros, revistas o publicaciones periódicas que
trasciendan del mero folleto o impreso informativo.
En el caso de publicaciones promovidas por Direcciones Generales que no se encuentran adscritas a alguna Viceconsejería, la delegación conferida en virtud del acuerdo antes
citado de 4 de abril de 2022 no opera.
Por ello, respecto de las publicaciones promovidas por las citadas Direcciones Generales
no adscritas a una Viceconsejería, se considera necesario, en aras de garantizar una gestión eficiente y eficaz, delegar esa autorización en el titular de la Secretaría General Técnica de la consejería a la que pertenezcan, en consideración a la función de coordinación que la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, atribuye a los
Secretarios Generales Técnicos y dada las funciones que en materia de ediciones en papel de
publicaciones le atribuye el apartado Octavo.3 del Código Ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos.
En su virtud, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales
Técnicos, previa deliberación en su reunión del día de 13 de febrero de 2023,
ACUERDA
Primero
Se delega la autorización de las ediciones de publicaciones en papel, que no consistan
en documentos u objetos documentales tales como libros, revistas o publicaciones periódicas que trasciendan del mero folleto o impreso informativo, promovidas por Direcciones
Generales no adscritas a alguna Viceconsejería, en el titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería a la que pertenezcan.
Segundo
Términos de la delegación
La delegación se confiere en los términos recogidos en el acuerdo de 4 de abril de 2022, de
la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, relativo a la edición de
BOCM-20230223-23
Delegación
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 46
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 137
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
23
ACUERDO de 13 de febrero de 2023, de la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, por el que se delega en las Secretarias Generales
Técnicas la autorización de las ediciones de publicaciones en papel de las Direcciones Generales no adscritas a alguna Viceconsejería, previstas en el apartado tercero del punto octavo, “Criterios para una actuación austera”, del
Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de
Madrid y de sus entes adscritos.
El Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de
sus entes adscritos, determina en el apartado tercero del punto octavo, “Criterios para una
actuación austera”, que “únicamente se podrá promover la edición de publicaciones en papel cuando sean de temática cultural, tengan como finalidad la promoción de la Comunidad
de Madrid o bien hayan sido autorizadas expresamente por la Comisión de Viceconsejeros
y Secretarios Generales Técnicos”.
Mediante Acuerdo, de 4 de abril de 2022, la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios
Generales Técnicos ha delegado en los Viceconsejeros competentes por razón de la materia
o en los Secretarios Generales Técnicos respecto a las publicaciones de las que sean promotores, la autorización de las ediciones de publicaciones en papel que no consistan en documentos u objetos documentales tales como libros, revistas o publicaciones periódicas que
trasciendan del mero folleto o impreso informativo.
En el caso de publicaciones promovidas por Direcciones Generales que no se encuentran adscritas a alguna Viceconsejería, la delegación conferida en virtud del acuerdo antes
citado de 4 de abril de 2022 no opera.
Por ello, respecto de las publicaciones promovidas por las citadas Direcciones Generales
no adscritas a una Viceconsejería, se considera necesario, en aras de garantizar una gestión eficiente y eficaz, delegar esa autorización en el titular de la Secretaría General Técnica de la consejería a la que pertenezcan, en consideración a la función de coordinación que la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, atribuye a los
Secretarios Generales Técnicos y dada las funciones que en materia de ediciones en papel de
publicaciones le atribuye el apartado Octavo.3 del Código Ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos.
En su virtud, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales
Técnicos, previa deliberación en su reunión del día de 13 de febrero de 2023,
ACUERDA
Primero
Se delega la autorización de las ediciones de publicaciones en papel, que no consistan
en documentos u objetos documentales tales como libros, revistas o publicaciones periódicas que trasciendan del mero folleto o impreso informativo, promovidas por Direcciones
Generales no adscritas a alguna Viceconsejería, en el titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería a la que pertenezcan.
Segundo
Términos de la delegación
La delegación se confiere en los términos recogidos en el acuerdo de 4 de abril de 2022, de
la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, relativo a la edición de
BOCM-20230223-23
Delegación