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Plan especial infraestructuras – Acuerdo 3/2023, de 31 de enero, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras “PEI PFOT-259 referente a las PSFV Recova Solar, Regata Solar y Rabiza Solar, y las subestaciones eléctricas y líneas asociadas” (documento técnico septiembre 2022), promovido por las sociedades Recova Solar, S. L. U., Regata Solar, S. L. U., y Rabiza Solar, S. L. U., en los municipios de Colmenar de Oreja, Belmonte de Tajo, Chinchón, Valdelaguna, Perales de Tajuña, Arganda del Rey y Morata de Tajuña
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BOCM
Pág. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 45
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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ACUERDO 3/2023, de 31 de enero, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras “PEI PFOT-259
referente a las PSFV Recova Solar, Regata Solar y Rabiza Solar, y las subestaciones eléctricas y líneas asociadas” (documento técnico septiembre 2022), promovido por las sociedades Recova Solar, S. L. U., Regata Solar, S. L. U., y Rabiza Solar, S. L. U., en los municipios de Colmenar de Oreja, Belmonte de Tajo, Chinchón,
Valdelaguna, Perales de Tajuña, Arganda del Rey y Morata de Tajuña.
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 31 de enero de 2023, a propuesta del Director General de Urbanismo de 24 de enero de 2023, de conformidad con su contenido, y en virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO
Primero
Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras “PEI PFOT-259 referente a
las PSFV Recova Solar, Regata Solar y Rabiza Solar, y las subestaciones eléctricas y líneas
asociadas” (documento técnico septiembre 2022), promovido por las sociedades Recova
Solar, S. L. U., Regata Solar, S. L. U., y Rabiza Solar, S. L. U., en los municipios de Colmenar de Oreja, Belmonte de Tajo, Chinchón, Valdelaguna, Perales de Tajuña, Arganda del
Rey y Morata de Tajuña.
Segundo
Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de cuarenta y cinco días, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en uno de los de los periódicos de mayor circulación y por medios telemáticos,
para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
El documento podrá consultarse así mismo en el portal institucional en la ruta:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expediente-consultaexposicion-publica
Tercero
Notificar individualmente a todos los propietarios afectados la aprobación inicial y la
apertura del trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b).1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. A tal
efecto, consta en el expediente anexo que contiene estructura de la propiedad y relación de
parcelas afectadas.
Solicitar informe, que debe ser emitido en el plazo de cuarenta y cinco días, a los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) en relación con el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001.
Los organismos a los que se debe solicitar informe son los siguientes:
— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Confederación Hidrográfica del Tajo.
— Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.
— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
BOCM-20230222-36
Cuarto
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ACUERDO 3/2023, de 31 de enero, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras “PEI PFOT-259
referente a las PSFV Recova Solar, Regata Solar y Rabiza Solar, y las subestaciones eléctricas y líneas asociadas” (documento técnico septiembre 2022), promovido por las sociedades Recova Solar, S. L. U., Regata Solar, S. L. U., y Rabiza Solar, S. L. U., en los municipios de Colmenar de Oreja, Belmonte de Tajo, Chinchón,
Valdelaguna, Perales de Tajuña, Arganda del Rey y Morata de Tajuña.
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 31 de enero de 2023, a propuesta del Director General de Urbanismo de 24 de enero de 2023, de conformidad con su contenido, y en virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO
Primero
Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras “PEI PFOT-259 referente a
las PSFV Recova Solar, Regata Solar y Rabiza Solar, y las subestaciones eléctricas y líneas
asociadas” (documento técnico septiembre 2022), promovido por las sociedades Recova
Solar, S. L. U., Regata Solar, S. L. U., y Rabiza Solar, S. L. U., en los municipios de Colmenar de Oreja, Belmonte de Tajo, Chinchón, Valdelaguna, Perales de Tajuña, Arganda del
Rey y Morata de Tajuña.
Segundo
Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de cuarenta y cinco días, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en uno de los de los periódicos de mayor circulación y por medios telemáticos,
para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
El documento podrá consultarse así mismo en el portal institucional en la ruta:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expediente-consultaexposicion-publica
Tercero
Notificar individualmente a todos los propietarios afectados la aprobación inicial y la
apertura del trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b).1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. A tal
efecto, consta en el expediente anexo que contiene estructura de la propiedad y relación de
parcelas afectadas.
Solicitar informe, que debe ser emitido en el plazo de cuarenta y cinco días, a los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) en relación con el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001.
Los organismos a los que se debe solicitar informe son los siguientes:
— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Confederación Hidrográfica del Tajo.
— Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.
— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
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