D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230222-41)
Convenio – Adenda de 9 de febrero de 2023, de modificación y prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo CEU para la formación práctico-clínica de los alumnos del Grado de Enfermería
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 45
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 185
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
41
ADENDA de 9 de febrero de 2023, de modificación y prórroga del convenio de
colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo CEU para la
formación práctico-clínica de los alumnos del Grado de Enfermería.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad, nombrado
por Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.3.a) de la Ley
8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo.
De otra parte, el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, D.
Fernando Prados Roa, nombrado por Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo
de Gobierno, y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a
la ley estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril,
por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de
Salud y el Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delegan en el titular de esa Viceconsejería determinadas
competencias, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020.
Y de otra, la Excma. Sra. D.a Rosa María Visiedo Claverol, Rectora Magnífica, nombrada por el Patronato de la Universidad San Pablo CEU en su junta de 13 de julio de 2019,
actuando en nombre y representación de la Universidad San Pablo CEU, con domicilio en
Madrid, calle de Isaac Peral n.o 58, con CIF G-28423275, en uso de las facultades conferidas por el artículo 37.1.c) del Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por
el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad San
Pablo CEU.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus
competencias, las relativas a ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del
personal de la Consejería de Sanidad (artículo 8.c) del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería).
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
BOCM-20230222-41
Segundo
B.O.C.M. Núm. 45
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 185
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Sanidad
41
ADENDA de 9 de febrero de 2023, de modificación y prórroga del convenio de
colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo CEU para la
formación práctico-clínica de los alumnos del Grado de Enfermería.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad, nombrado
por Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.3.a) de la Ley
8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo.
De otra parte, el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, D.
Fernando Prados Roa, nombrado por Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo
de Gobierno, y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a
la ley estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril,
por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de
Salud y el Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delegan en el titular de esa Viceconsejería determinadas
competencias, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020.
Y de otra, la Excma. Sra. D.a Rosa María Visiedo Claverol, Rectora Magnífica, nombrada por el Patronato de la Universidad San Pablo CEU en su junta de 13 de julio de 2019,
actuando en nombre y representación de la Universidad San Pablo CEU, con domicilio en
Madrid, calle de Isaac Peral n.o 58, con CIF G-28423275, en uso de las facultades conferidas por el artículo 37.1.c) del Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por
el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad San
Pablo CEU.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus
competencias, las relativas a ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del
personal de la Consejería de Sanidad (artículo 8.c) del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería).
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
BOCM-20230222-41
Segundo