Torrejón de Ardoz (BOCM-20230221-74)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 44

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74

TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de la resolución de fecha 13 de febrero de 2023, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local punto (22), por la que se convocan las bases para la convocatoria de
subvenciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz a Entidades Culturales, Vecinales,
Religiosas, Casas Regionales, Artes Plásticas y Escénicas del municipio, en el ámbito de la
Concejalía de Festejos, correspondiente al año 2023 (código: 2023/2023/3/640809/000).
BDNS: 675839
Primero. Beneficiarios.—Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la
Entidad o persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que
se encuentre en la situación que legitima su concesión.
Podrán optar a esta subvención con cargo a la presente línea, todas las asociaciones
culturales, a excepción de aquellas que estén dadas de alta en el registro municipal como
Peña o Asociaciones de Peñas, Federación de Peñas, Agrupación de Peñas o similar, Vecinales, Religiosas, Casas Regionales, entidades relacionadas con las artes plásticas (pintura,
cerámica, manualidades, etc.) y escénicas (teatro) del municipio.
Las entidades solicitantes deben estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades,
del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con al menos un año de antigüedad con carácter
general, desde la fecha de aprobación de las bases de la convocatoria por la Junta de Gobierno Local, así como, estar dadas de alta en la sede electrónica municipal.
Tener justificada la subvención concedida en el ejercicio anterior, o en caso de no haber ejecutado parcial o totalmente el proyecto por causa debidamente justificada, haber reintegrado el importe que corresponda.
No será requisito exigible haber solicitado la subvención en el ejercicio inmediatamente anterior para la otorgación de la subvención en la presente convocatoria, o futuras.
Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de subvenciones, la definición de los criterios y la regulación del procedimiento aplicable para
la concesión de subvenciones en el municipio de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con el régimen jurídico definido en la Ley General de Subvenciones, aprobada por Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para
la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden
consultar en la web del Ayuntamiento: https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/inlinefiles/Ordenanza%20y%20bases%20reguladoras%20concesion%20subvenciones.pdf
Y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total del crédito destinado en el presupuesto municipal
a estas ayudas será de hasta noventa y cinco mil cien euros (95.100,00 euros) con cargo a
la aplicación presupuestaria 050-33000-48000, del año 2023.
El importe de la concesión de la ayuda dependerá de las solicitudes recibidas. Si el
Ayuntamiento observase que por parte de las agrupaciones subvencionadas se hubiese incumplido las obligaciones y compromisos derivados de la subvención percibida, se podría
exigir el reintegro de las cantidades percibidas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Los solicitantes, además de la propia
solicitud presentada en la sede electrónica municipal o de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicando el código de la convocatoria de subvenciones a las entidades
participantes (2023/2023/3/640809/000), entre las fechas comprendidas entre el 1 y el 31
de marzo de 2023 (ambos inclusive).

BOCM-20230221-74

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF