Torrejón de Ardoz (BOCM-20230221-78)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 44

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78

TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 13 de febrero de 2023 (punto número 12), por la que se convocan las subvenciones destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro, en el ámbito de la Concejalía de Bienestar, correspondiente al ejercicio 2023 (código
convocatoria: 2023/2023/3/640814/000).

Primero. Beneficiarios.—Los solicitantes deben estar inscritos en el Registro Municipal de Entidades, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con al menos 2 años de antigüedad con carácter general, desde la fecha de aprobación de las bases de convocatoria por
la Junta de Gobierno Local, así como, estar dadas de alta en la sede electrónica municipal.
Podrán optar a esta subvención con cargo a la presente línea, las asociaciones, agrupaciones, instituciones y demás entidades sin ánimo de lucro, que se hallen legalmente
constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, en el área de Bienestar/Servicios Sociales y cumplan con los requisitos.
Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de subvenciones, la definición de los criterios y la regulación del procedimiento aplicable para la
concesión de subvenciones en el municipio de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con el régimen jurídico definido en la Ley General de Subvenciones, aprobada por Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para
la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden
consultar en la web del Ayuntamiento: https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/inlinefiles/Ordenanza%20y%20bases%20reguladoras%20concesion%20subvenciones.pdf
Y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF
Las bases de la convocatoria se pueden consultar en la web del Ayuntamiento:
https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/Bases%20subvenciones%20a%20entidades%20sin%20%C3%A1nimo%20de%20lucro%20de%20la%20Concejal%C3%ADa%20de%20Bienestar.pdf
Cuarto. Cuantía.—Para el cumplimiento de la finalidad establecida en esta convocatoria se destinará el crédito presupuestario establecido en el presupuesto vigente, partida
presupuestaria 080 23100 48002 denominada “Subvenciones a Entidades Sin Ánimo de
Lucro”, por importe máximo de quinientos cincuenta y seis mil cuatrocientos catorce euros
con seis céntimos (556.414,06 euros), presupuesto 2023.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes y documentación, se realizará en la sede electrónica municipal o de cualquiera de los
lugares establecidos en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, desde el día 1
de marzo hasta el 31 de marzo de 2023, ambos inclusive.
Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia
competitiva.
El plazo de ejecución de los programas presentados para su subvención será hasta el
día 31 de diciembre de 2023.
El plazo para la justificación de la subvención será hasta el día 31 de enero de 2024.
Torrejón de Ardoz, a 14 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez
Casavilla.
(03/2.644/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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