Torrejón de Ardoz (BOCM-20230221-79)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 341
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 13 de febrero de 2023 (punto número 10, del orden del día), por la que se aprueban las bases y convocatoria para la concesión de Ayudas a Clubes y Entidades Deportivas en 2023 (código 2023/2023/3/640815/000).
BDNS : 675941
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvenciones los clubes y entidades deportivas de Torrejón de Ardoz que figuren inscritas en el registro municipal de entidades
del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con al menos 2 años de antigüedad con carácter
general, desde la fecha de aprobación de las bases de convocatoria por la Junta de Gobierno Local y que también figuren en el Registro de Entidades Deportivas de la Concejalía de
Deportes.
Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
k.
Estar realizando actividades de forma continuada en el municipio con cuatro años
de antigüedad como mínimo con respecto a la fecha de la convocatoria.
Desarrollar actividades deportivas de modalidades oficialmente reconocidas por
alguna federación deportiva madrileña o española.
No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las entidades deberán contar con, al menos, un 75 por 100 de deportistas empadronados en Torrejón de Ardoz. Podrá requerirse, si se estimara oportuno por la
Concejalía de Deportes, el empadronamiento de los deportistas del club o entidad.
Haber presentado adecuadamente la justificación económica de la subvención
concedida en el ejercicio anterior.
Haber cumplido con las estipulaciones establecidas en convenios de colaboración
establecidos por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con clubes o entidades del
municipio.
En el caso de los clubes/entidades deportivas que cuenten con equipos femeninos,
deberán tener en cuenta, en materia de contratación, la no inclusión de cláusulas
anti-embarazo.
Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente,
aportando cuanta información o documentación le sea requerida.
Cumplir la legislación vigente en relación de la Ley 1/2019, de 27 de febrero, de
modificación de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.
Que no han recibido ayudas para la finalidad, procedente de cualquier ente público
o privado, ya sea nacional o internacional. En caso de incumplir este requisito el
responsable siempre será el club o entidad.
No haber recibido por parte de este Ayuntamiento otra subvención concedida por
esta Concejalía de Deportes.
Segundo. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto la convocatoria específica
de subvenciones para los Clubes Deportivos y Agrupaciones Deportivas de Torrejón de Ardoz que desarrollen su actividad y estén establecidas en el municipio de Torrejón de Ardoz.
Las ayudas se destinarán a sufragar los gastos dirigidos al funcionamiento de esas
entidades deportivas y a la participación de sus integrantes en diferentes actividades o
competiciones deportivas federadas, así como la organización y/o participación de otros
eventos de interés.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para la
concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, aprobada por la Corporación en sesión de 30 de noviembre de 2016, y que se pueden consultar en la web del
BOCM-20230221-79
a.
B.O.C.M. Núm. 44
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MARTES 21 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 341
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 13 de febrero de 2023 (punto número 10, del orden del día), por la que se aprueban las bases y convocatoria para la concesión de Ayudas a Clubes y Entidades Deportivas en 2023 (código 2023/2023/3/640815/000).
BDNS : 675941
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvenciones los clubes y entidades deportivas de Torrejón de Ardoz que figuren inscritas en el registro municipal de entidades
del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con al menos 2 años de antigüedad con carácter
general, desde la fecha de aprobación de las bases de convocatoria por la Junta de Gobierno Local y que también figuren en el Registro de Entidades Deportivas de la Concejalía de
Deportes.
Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
k.
Estar realizando actividades de forma continuada en el municipio con cuatro años
de antigüedad como mínimo con respecto a la fecha de la convocatoria.
Desarrollar actividades deportivas de modalidades oficialmente reconocidas por
alguna federación deportiva madrileña o española.
No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las entidades deberán contar con, al menos, un 75 por 100 de deportistas empadronados en Torrejón de Ardoz. Podrá requerirse, si se estimara oportuno por la
Concejalía de Deportes, el empadronamiento de los deportistas del club o entidad.
Haber presentado adecuadamente la justificación económica de la subvención
concedida en el ejercicio anterior.
Haber cumplido con las estipulaciones establecidas en convenios de colaboración
establecidos por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con clubes o entidades del
municipio.
En el caso de los clubes/entidades deportivas que cuenten con equipos femeninos,
deberán tener en cuenta, en materia de contratación, la no inclusión de cláusulas
anti-embarazo.
Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente,
aportando cuanta información o documentación le sea requerida.
Cumplir la legislación vigente en relación de la Ley 1/2019, de 27 de febrero, de
modificación de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.
Que no han recibido ayudas para la finalidad, procedente de cualquier ente público
o privado, ya sea nacional o internacional. En caso de incumplir este requisito el
responsable siempre será el club o entidad.
No haber recibido por parte de este Ayuntamiento otra subvención concedida por
esta Concejalía de Deportes.
Segundo. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto la convocatoria específica
de subvenciones para los Clubes Deportivos y Agrupaciones Deportivas de Torrejón de Ardoz que desarrollen su actividad y estén establecidas en el municipio de Torrejón de Ardoz.
Las ayudas se destinarán a sufragar los gastos dirigidos al funcionamiento de esas
entidades deportivas y a la participación de sus integrantes en diferentes actividades o
competiciones deportivas federadas, así como la organización y/o participación de otros
eventos de interés.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para la
concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, aprobada por la Corporación en sesión de 30 de noviembre de 2016, y que se pueden consultar en la web del
BOCM-20230221-79
a.