Torrejón de Ardoz (BOCM-20230221-76)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 338
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 44
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 13 de febrero de 2023 (punto número 17), por la que se convocan las subvenciones destinadas a asociaciones juveniles en el ámbito
de la Concejalía de Juventud, correspondiente al año 2023 (código: 2023/2023/3/640811/000).
BDNS: 675767
Primero. Beneficiarios.—Son beneficiarios de estas subvenciones la entidad o persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión. Podrán solicitar subvenciones con cargo a
la presente línea las asociaciones y/o secciones juveniles, quedando excluidas de esta
convocatoria aquellas vinculadas a partidos políticos.
Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de subvenciones, los proyectos relacionados con el objeto y finalidad de la propia asociación sin
ánimo de lucro, que suponga una acción, conducta o situación de colaboración con el Ayuntamiento para la gestión de actividades de interés social, de utilidad pública o de promoción
de una finalidad pública.
Serán susceptibles de subvención los proyectos que estén relacionados con el área de
juventud, especialmente aquellos que estén encaminados a la promoción de la participación
juvenil.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para
la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden
consultar en la web del Ayuntamiento: https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/inlinefiles/Ordenanza%20y%20bases%20reguladoras%20concesion%20subvenciones.pdf
BOCM-20230221-76
Y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF
Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con cargo a la partida presupuestaria 0503341048000 denominada “Subvenciones Juventud” del presupuesto 2023,
destinará un máximo de 8.640 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes y documentación se realizará telemáticamente, en el Registro del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y sus Registros Auxiliares, o en cualquiera de los lugares establecidos en
el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, desde el día 1 de marzo al 31 de marzo de 2023.
Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia
competitiva.
El plazo de ejecución de los programas presentados para su subvención será hasta el 31
de diciembre de 2023.
El plazo para la justificación de la subvención será hasta el 31 de enero de 2024.
Torrejón de Ardoz, a 13 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez
Casavilla.
(03/2.638/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 338
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 44
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 13 de febrero de 2023 (punto número 17), por la que se convocan las subvenciones destinadas a asociaciones juveniles en el ámbito
de la Concejalía de Juventud, correspondiente al año 2023 (código: 2023/2023/3/640811/000).
BDNS: 675767
Primero. Beneficiarios.—Son beneficiarios de estas subvenciones la entidad o persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión. Podrán solicitar subvenciones con cargo a
la presente línea las asociaciones y/o secciones juveniles, quedando excluidas de esta
convocatoria aquellas vinculadas a partidos políticos.
Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de subvenciones, los proyectos relacionados con el objeto y finalidad de la propia asociación sin
ánimo de lucro, que suponga una acción, conducta o situación de colaboración con el Ayuntamiento para la gestión de actividades de interés social, de utilidad pública o de promoción
de una finalidad pública.
Serán susceptibles de subvención los proyectos que estén relacionados con el área de
juventud, especialmente aquellos que estén encaminados a la promoción de la participación
juvenil.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para
la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden
consultar en la web del Ayuntamiento: https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/inlinefiles/Ordenanza%20y%20bases%20reguladoras%20concesion%20subvenciones.pdf
BOCM-20230221-76
Y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF
Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con cargo a la partida presupuestaria 0503341048000 denominada “Subvenciones Juventud” del presupuesto 2023,
destinará un máximo de 8.640 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes y documentación se realizará telemáticamente, en el Registro del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y sus Registros Auxiliares, o en cualquiera de los lugares establecidos en
el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, desde el día 1 de marzo al 31 de marzo de 2023.
Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia
competitiva.
El plazo de ejecución de los programas presentados para su subvención será hasta el 31
de diciembre de 2023.
El plazo para la justificación de la subvención será hasta el 31 de enero de 2024.
Torrejón de Ardoz, a 13 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez
Casavilla.
(03/2.638/23)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791