Boadilla del Monte (BOCM-20230221-51)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 305
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51
BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
BOCM-20230221-51
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras número 674/2023, de fecha 2 de febrero, rectificado por decreto número 809/2023, de
fecha 8 de febrero, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Aprobar la relación definitiva completa de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo convocado para la cobertura, en régimen de personal laboral
fijo, por el turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición, de dos plazas de Conserje, y que se incorpora como Anexo I a la presente resolución.
2.o De conformidad con el acuerdo adoptado por el Tribunal Calificador en su sesión
de fecha 1 de febrero de 2023, el ejercicio teórico-práctico de la fase de oposición tendrá
lugar el día 11 de marzo de 2023, a las 10:30 horas, en el CEIP Teresa de Berganza, sito en
la calle Tomás Bretón, número 4, de Boadilla del Monte.
3.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de
la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera
interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un
mes desde su interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
B.O.C.M. Núm. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 305
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51
BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
BOCM-20230221-51
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras número 674/2023, de fecha 2 de febrero, rectificado por decreto número 809/2023, de
fecha 8 de febrero, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Aprobar la relación definitiva completa de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo convocado para la cobertura, en régimen de personal laboral
fijo, por el turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición, de dos plazas de Conserje, y que se incorpora como Anexo I a la presente resolución.
2.o De conformidad con el acuerdo adoptado por el Tribunal Calificador en su sesión
de fecha 1 de febrero de 2023, el ejercicio teórico-práctico de la fase de oposición tendrá
lugar el día 11 de marzo de 2023, a las 10:30 horas, en el CEIP Teresa de Berganza, sito en
la calle Tomás Bretón, número 4, de Boadilla del Monte.
3.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de
la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera
interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un
mes desde su interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.