B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230221-10)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares, Escala de Delineantes, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 44

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE FEBRERO DE 2023

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C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
D) Petición de destinos de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las señaladas pruebas selectivas y según la correspondiente relación de puestos de trabajo
ofertados, a cuyos efectos, los aspirantes aprobados, en el mismo plazo habilitado
en este apartado segundo, podrán consultar dicha relación en la página web
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/delineantes-c1
Los modelos con objeto de cumplimentar la declaración jurada o promesa indicada en
la letra C) y la solicitud de destinos prevista en la letra D), serán accesibles a través del enlace https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/personal-funcionarionuevo-ingreso y, seguidamente, seleccionando el apartado “Entrega de documentación y
petición de destinos”.
2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en
las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van
referidas las mismas, salvo si la persona interesada se opusiera expresamente a la consulta
de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo al que se hace mención
en el punto 3 de este apartado segundo.
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando la persona interesada hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de
que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá presentarse la documentación comprendida en la letra B).
3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada:
— Telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado de “Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera”, al que
podrá accederse desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid o desde
la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/delineantes-c1 , y
adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través
del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de
los demás registros citados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y
expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación”.
Tercero
De acuerdo con lo expresado en la base 14.6 de la reseñada Orden 290/2018, de 27 de
junio, a efectos de la acreditación por los aspirantes que han superado las señaladas pruebas selectivas del cumplimiento de los requisitos establecidos en la citada Orden, la mencionada Dirección General de Recursos Humanos realizará las comprobaciones oportunas
de dichos extremos.

De conformidad con lo dispuesto en la base 14.10 de la ya reiterada Orden 290/2018,
de 27 de junio, las personas aprobadas que dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de
los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su
derecho a ser nombradas funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares, Escala de Delineantes, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad
de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la
que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

BOCM-20230221-10

Cuarto