D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230220-27)
Formalización contrato – Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la formalización del contrato de servicios denominado “Conservación y mantenimiento de los espacios naturales protegidos y de los terrenos gestionados de las comarcas forestales IX y XVI, 2021-2023”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 43
Ventajas de la oferta adjudicataria: Por ser el licitador que ha presentado la mejor
oferta, conforme al orden de clasificación realizado, toda vez que se ha procedido
a retrotraer las actuaciones al momento del requerimiento de documentación del
primer propuesto adjudicatario, entendiendo la documentación presentada por el
licitador como válida, al amparo de la resolución número 458/2022 del TACP de
Madrid, en el recurso número 468/2022, y todo ello, en virtud de lo establecido en
el artículo 150 de la LCSP según se indica a continuación, y atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en el apartado 9 de la cláusula 1.a del Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares, quedando la empresa vinculada por lo establecido en su oferta.
Madrid, a 1 de febrero de 2023.—El Secretario General Técnico, P. D. F. (Resolución
de 25 de mayo de 2018), la Subdirectora General de Gestión Económico-Administrativa,
Ana María Cotado Álvarez.
(03/2.214/23)
BOCM-20230220-27
f)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 43
Ventajas de la oferta adjudicataria: Por ser el licitador que ha presentado la mejor
oferta, conforme al orden de clasificación realizado, toda vez que se ha procedido
a retrotraer las actuaciones al momento del requerimiento de documentación del
primer propuesto adjudicatario, entendiendo la documentación presentada por el
licitador como válida, al amparo de la resolución número 458/2022 del TACP de
Madrid, en el recurso número 468/2022, y todo ello, en virtud de lo establecido en
el artículo 150 de la LCSP según se indica a continuación, y atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en el apartado 9 de la cláusula 1.a del Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares, quedando la empresa vinculada por lo establecido en su oferta.
Madrid, a 1 de febrero de 2023.—El Secretario General Técnico, P. D. F. (Resolución
de 25 de mayo de 2018), la Subdirectora General de Gestión Económico-Administrativa,
Ana María Cotado Álvarez.
(03/2.214/23)
BOCM-20230220-27
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791