C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230217-21)
Plan estratégico ayudas –  Orden 372/2023, de 8 de febrero, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico, para el período 2023-2025, de las ayudas en materia de investigación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 41

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 249

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
ORDEN 372/2023, de 8 de febrero, del Vicepresidente, Consejero de Educación y
Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico, para el período 2023-2025,
de las ayudas en materia de investigación.

La Comunidad de Madrid es un referente a nivel nacional e internacional en el ámbito de la investigación, siendo la comunidad autónoma con un mayor número de empleados
en actividades de I + D y contando con una densa red de universidades públicas y privadas;
con las fundaciones IMDEA, que son referentes en investigación en sus campos de actividad; con una amplia red de Hospitales, institutos de investigación sanitaria y fundaciones
de investigación biomédica; así como con otros centros de investigación de carácter público y privado, entre los que se encuentran los Organismos Públicos de Investigación dependientes del Estado.
Estas entidades generan el conocimiento científico-tecnológico que contribuye a mejorar la competitividad de la región mediante la transferencia de estos conocimientos al sector
productivo, de forma que esta colaboración se convierta en un factor clave de la dinamización económica y de la generación de empleo.
La Comunidad de Madrid concentra casi una cuarta parte del empleo total español en
investigación, tratándose de un personal con alta cualificación y con una proporción de mujeres que supera el 40 por 100. Los principales pilares con los que cuenta la Comunidad de
Madrid son su masa crítica, tanto de actores del sistema como del talento que genera y atrae,
y la capacidad inherente para generar oportunidades en el marco de las demandas y de los
retos económico-sociales.
Para seguir consolidando la posición de la Comunidad de Madrid a nivel nacional e internacional, es imprescindible asegurar un entorno favorable al conocimiento, tanto en lo
relativo a su generación como a su aplicación y valorización en términos socioeconómicos,
y para ello es imprescindible seguir apoyando la atracción de talento investigador, la incorporación de los jóvenes al sistema, el refuerzo de las infraestructuras de investigación y el
apoyo a los grupos de investigación tanto consolidados como emergentes en las áreas de
conocimiento que se consideren de interés estratégico para la región.
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan
estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el
plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación,
supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Este precepto está igualmente recogido en el artículo 4.bis de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
La sección primera del capítulo III del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
establece los principios directores, ámbito de aplicación, contenido, competencia para su
aprobación, seguimiento y efectos del incumplimiento de los planes estratégicos.
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, a través de la Dirección General Investigación e Innovación Tecnológica, tiene entre sus funciones la planificación, ejecución y evaluación de las políticas de la Comunidad de Madrid de fomento de
la investigación científica y tecnológica, la coordinación con las universidades y centros de
investigación radicados en la Comunidad de Madrid, el establecimiento de programas y actuaciones de investigación científica, y la incentivación las actuaciones conjuntas de los
centros de investigación públicos y los sectores productivos.
En virtud de lo anterior,

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