C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230217-20)
Módulos convenio colaboración – Orden 276/2023, de 7 de febrero, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables a los convenios de colaboración en materia de educación infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de escuelas infantiles, casas de niños, sedes de equipos de atención temprana y sedes de direcciones de zonas de casas de niños y a los contratos para el funcionamiento de los centros correspondientes al curso escolar 2023-2024
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 41
VIERNES 17 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 247
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
20
ORDEN 276/2023, de 7 de febrero, del Vicepresidente, Consejero de Educación y
Universidades, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables a
los convenios de colaboración en materia de educación infantil suscritos entre la
Comunidad de Madrid y entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de escuelas infantiles, casas de niños, sedes de equipos de atención temprana y sedes de direcciones de zonas de casas de niños y a los contratos para el
funcionamiento de los centros correspondientes al curso escolar 2023-2024.
El Decreto 28/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de Educación infantil en la Comunidad de Madrid establece
en su artículo 4 que la Consejería competente en materia de educación establecerá anualmente mediante orden los módulos de financiación para el funcionamiento de los centros
de la red pública de educación infantil, ya sean escuelas infantiles o casas de niños, sujetos a este régimen económico.
Por ello, procede establecer para el curso escolar 2023-2024 las cuantías aplicables a
los citados módulos de financiación.
En virtud del Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en relación con el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía,
DISPONGO
Primero
Ámbito de aplicación
Esta orden es de aplicación a los convenios formalizados entre la Comunidad de Madrid
y las entidades locales e instituciones públicas de la región para el funcionamiento de Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas cuyo régimen económico está basado en el modelo
de financiación por módulos. Será, asimismo, de aplicación a los contratos establecidos por
las entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de los centros de su titularidad cuya financiación esté por sus propios términos sujeta a la presente Orden.
Segundo
1. Para el curso escolar 2023-2024 se establecen los siguientes módulos económicos
de financiación para Escuelas Infantiles públicas por curso escolar:
— Módulo centro: 44.734 euros.
— Módulo plaza escolar 0-1 años: 7.268 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 1-2 años: 4.154 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 2-3 años: 2.907 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 2.o ciclo: 2.325 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza horario ampliado: 224 euros por plaza y período ocupado.
2. Para el curso escolar 2023-2024 se establecen los siguientes módulos económicos
de financiación para Casas de Niños públicas por curso escolar:
— Módulo centro de 1-2 unidades: 23.544 euros.
— Módulo centro de 3-4 unidades: 17.658 euros.
— Módulo centro de 5-6 unidades: 11.772 euros.
— Módulo centro de 7 o más unidades: 5.886 euros.
— Módulo plaza: 1.471 euros por plaza ocupada.
BOCM-20230217-20
Módulos de financiación
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 41
VIERNES 17 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 247
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
20
ORDEN 276/2023, de 7 de febrero, del Vicepresidente, Consejero de Educación y
Universidades, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables a
los convenios de colaboración en materia de educación infantil suscritos entre la
Comunidad de Madrid y entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de escuelas infantiles, casas de niños, sedes de equipos de atención temprana y sedes de direcciones de zonas de casas de niños y a los contratos para el
funcionamiento de los centros correspondientes al curso escolar 2023-2024.
El Decreto 28/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de Educación infantil en la Comunidad de Madrid establece
en su artículo 4 que la Consejería competente en materia de educación establecerá anualmente mediante orden los módulos de financiación para el funcionamiento de los centros
de la red pública de educación infantil, ya sean escuelas infantiles o casas de niños, sujetos a este régimen económico.
Por ello, procede establecer para el curso escolar 2023-2024 las cuantías aplicables a
los citados módulos de financiación.
En virtud del Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en relación con el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía,
DISPONGO
Primero
Ámbito de aplicación
Esta orden es de aplicación a los convenios formalizados entre la Comunidad de Madrid
y las entidades locales e instituciones públicas de la región para el funcionamiento de Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas cuyo régimen económico está basado en el modelo
de financiación por módulos. Será, asimismo, de aplicación a los contratos establecidos por
las entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de los centros de su titularidad cuya financiación esté por sus propios términos sujeta a la presente Orden.
Segundo
1. Para el curso escolar 2023-2024 se establecen los siguientes módulos económicos
de financiación para Escuelas Infantiles públicas por curso escolar:
— Módulo centro: 44.734 euros.
— Módulo plaza escolar 0-1 años: 7.268 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 1-2 años: 4.154 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 2-3 años: 2.907 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 2.o ciclo: 2.325 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza horario ampliado: 224 euros por plaza y período ocupado.
2. Para el curso escolar 2023-2024 se establecen los siguientes módulos económicos
de financiación para Casas de Niños públicas por curso escolar:
— Módulo centro de 1-2 unidades: 23.544 euros.
— Módulo centro de 3-4 unidades: 17.658 euros.
— Módulo centro de 5-6 unidades: 11.772 euros.
— Módulo centro de 7 o más unidades: 5.886 euros.
— Módulo plaza: 1.471 euros por plaza ocupada.
BOCM-20230217-20
Módulos de financiación