Madrid (BOCM-20230216-51)
Régimen económico. Distrito de Retiro. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 119
BOCM-20230216-51
yectos cuyo presupuesto total, impuestos incluidos, supere los 10.000 euros, y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada supere el presupuesto del proyecto o sea superior a 5.000 euros.
En la modalidad de gastos de funcionamiento de sede social u otros espacios no serán
financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros
espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
No podrán concederse subvenciones bajo la modalidad de gastos de mantenimiento
para aquellos locales o inmuebles que hayan sido cedidos gratuitamente por el Ayuntamiento de Madrid a la entidad.
No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la modalidad de gastos de alquiler y funcionamiento, en conjunto, no podrá ser superior a 2.000
euros.
Las subvenciones obtenidas en el marco de esta convocatoria serán incompatibles con
otras fuentes de financiación públicas.
Madrid, a 7 de febrero de 2023.—El concejal-presidente del Distrito de Retiro, Santiago
Saura Martínez de Toda.
(03/2.338/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 40
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JUEVES 16 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 119
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yectos cuyo presupuesto total, impuestos incluidos, supere los 10.000 euros, y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada supere el presupuesto del proyecto o sea superior a 5.000 euros.
En la modalidad de gastos de funcionamiento de sede social u otros espacios no serán
financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros
espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
No podrán concederse subvenciones bajo la modalidad de gastos de mantenimiento
para aquellos locales o inmuebles que hayan sido cedidos gratuitamente por el Ayuntamiento de Madrid a la entidad.
No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la modalidad de gastos de alquiler y funcionamiento, en conjunto, no podrá ser superior a 2.000
euros.
Las subvenciones obtenidas en el marco de esta convocatoria serán incompatibles con
otras fuentes de financiación públicas.
Madrid, a 7 de febrero de 2023.—El concejal-presidente del Distrito de Retiro, Santiago
Saura Martínez de Toda.
(03/2.338/23)
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