Collado-Villalba (BOCM-20230216-60)
Organización y funcionamiento. Acuerdo régimen especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 40

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 143

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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COLLADO VILLALBA

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de fecha 27 de octubre de 2022 adoptó,
entre otros, el acuerdo para la modificación del Régimen Especial para la mejora del servicio prestado a los ciudadanos por parte de la Policía Local de Collado Villalba quedando
redactado el texto definitivo de la siguiente forma:
«Acuerdo para la integración de los artículos 21 y 25 del Acuerdo colectivo, modificación de la jornada, alteración de los tiempos de descanso y compensación para determinados eventos extraordinarios del año.
Constituida la Mesa Sectorial de Seguridad, compuesta por el concejal-delegado de
Seguridad y un representante de cada una de las Secciones Sindicales con representación
en la Policía, a fin de tratar la modificación horaria, sistemas de cobertura excepcionales
para determinados eventos y la integración de los conceptos reconocidos en el Acuerdo Colectivo (Artículos 21 y 25) en atención a las peculiaridades del Cuerpo.
Se presenta la siguiente propuesta, consensuada entre las partes tras un largo proceso
de negociación, donde se ha intentado buscar un equilibrio, entre el servicio de calidad que
se debe de prestar a los ciudadanos, la optimización de los recursos de que disponemos y
los derechos que asisten a cualquier trabajador, conforme a la legislación vigente.
La siguiente propuesta, aun suponiendo un gran esfuerzo para los miembros de la plantilla en determinados eventos, ha sido ya aceptada y ratificada por la mayoría de la plantilla.
La proposición se fundamenta en que, mediante anexo al Acuerdo vigente de régimen
especial para la mejora del servicio prestado a los ciudadanos por parte de la Policía Local
de Collado Villalba (en adelante, Acuerdo Específico de Policía), se integren los precitados
artículos y se realicen las modificaciones aquí especificadas:
1.o A fin de que los miembros de la plantilla realicen más jornadas efectivas de trabajo a lo largo del año, se procederá a la modificación de la Jornada de trabajo, en los siguientes términos.
Donde pone:
“Jornada de trabajo.
La jornada de trabajo en cómputo anual para todos los componentes del Cuerpo de Policía Local de Collado Villalba será la que se establezca con carácter general para el personal al servicio del Ayuntamiento de Collado Villalba.
1. La jornada efectiva por turno de trabajo realizado por el oficial y las categorías de
suboficial y sargento será de ocho horas y distribución según el cuadrante.
2. Los policías y cabos que sean adscritos a los turnos de Grupos de Gestión Policial,
Operativos y Singular cumplirán una jornada efectiva de trabajo de ocho horas y todo ello
según el cuadrante.
3. Los policías y cabos que sean adscritos al turno de rotación de mañana, tarde y noche realizarán una jornada efectiva de trabajo de nueve horas y ello según el cuadrante”.
Pondrá:
“Jornada de trabajo.
La jornada de trabajo en cómputo anual para todos los componentes del Cuerpo de Policía Local de Collado Villalba será la que se establezca con carácter general para el personal al servicio del Ayuntamiento de Collado Villalba.
1. La jornada efectiva por turno de trabajo realizado para las categorías de Intendente, Inspector y Subinspector será de siete horas y cuarenta minutos distribución según el cuadrante.
2. Los policías y Oficiales que sean adscritos a los turnos de Grupos de Gestión Policial, Operativos y Singular cumplirán una jornada efectiva de trabajo de siete horas y cuarenta minutos y todo ello según el cuadrante.
3. Los policías y Oficiales que sean adscritos al turno de rotación de mañana, tarde
y noche realizarán una jornada efectiva de trabajo de ocho horas y treinta minutos todo ello
según el cuadrante”.

BOCM-20230216-60

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO