C) Otras Disposiciones - Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOCM-20230215-38)
Pruebas capacitación profesional –  Resolución de 13 de febrero de 2023 de la Dirección General de Transportes y Movilidad, por la que se convocan las pruebas de capacitación profesional de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas en la modalidad de transporte por carretera a celebrar en el año 2023 en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 39

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 231

Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en las relaciones de admitidos o
lo hagan con algún dato erróneo, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la citada Resolución, para proceder a su subsanación.
Transcurrido el citado plazo, la Dirección General de Transportes y Movilidad dictará Resolución por la que se declaren aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos
y excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión, y se publicará en la página web indicada con anterioridad.
Sexta
Tribunales
A efectos de comunicaciones los Tribunales tendrán su sede en las dependencias de la
Dirección General de Transportes y Movilidad de la Comunidad de Madrid, calle Orense,
número 60, 28020 Madrid.
Séptima
Presentación a examen y desarrollo de las pruebas
Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos del documento
oficial en vigor acreditativo de su identidad. Su falta dará lugar a la no admisión del aspirante a la realización de aquéllas. Se recomienda, asimismo, concurran provistos del justificante de autoliquidación de la tasa por derechos de examen y, en su caso, de la copia de
solicitud de admisión.
Para la correcta realización de las correspondientes pruebas los aspirantes deberán ir
provistos de lapicero, pudiendo llevar, asimismo, para la realización de la segunda prueba
en los exámenes de obtención y acceso, el Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera vigente en el momento de desarrollo de las pruebas. Los textos legales que se lleven a esta segunda prueba no deben contener anotación adicional alguna.
En ningún caso se permitirá la utilización de teléfonos móviles, equipos portátiles o
electrónicos y, en general, dispositivos de telecomunicación inalámbrica o de cualquier otro
tipo de emisión o recepción de información.
Octava
Lista de aspirantes declarados aptos y plazo de reclamaciones
Finalizadas las pruebas y tras la corrección de todos los ejercicios, el Tribunal
hará pública mediante su publicación en el portal de Administración Electrónica de
www.comunidad.madrid la relación provisional de aspirantes que hayan resultado aptos.
Los aspirantes no incluidos en dicha relación dispondrán de un plazo de diez días hábiles para presentar las reclamaciones que estimen convenientes.
Una vez resueltas estas reclamaciones, el Tribunal elevará a la Dirección General de
Transportes y Movilidad la propuesta de relación definitiva de aspirantes que hayan resultado aptos, la cual dictará una Resolución declarándolos aptos y ésta se publicará en el portal de Administración Electrónica de www.comunidad.madrid
Tercero
Vigencia de la normativa de transportes y del resto de materias
relacionadas con el contenido de los exámenes

Cuarto
Clasificación de los tribunales
A efectos de lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, el Tribunal a que se
refiere la presente convocatoria se clasifica en la categoría primera. El importe de la cuantía de las asistencias a percibir será el señalado en la Orden de 16 de marzo de 2022 de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

BOCM-20230215-38

La normativa a considerar en los exámenes será la vigente en el momento de desarrollo de las pruebas. Por lo que respecta al Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional
de Mercancías Peligrosas por Carretera se considerará el vigente en el momento de desarrollo de las pruebas.