Galapagar (BOCM-20230215-74)
Organización y funcionamiento. Reasignación régimen dedicaciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 39

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE FEBRERO DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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GALAPAGAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por decreto de Alcaldía número 383/2023, de 1 de febrero, el alcalde-presidente, D. Alberto Gómez Martín, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en el artículo 21 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con
los artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, ha resuelto:
Primero.—Se modifica el régimen de dedicaciones del primer teniente de alcalde, D. Felipe García Escobar, pasando de dedicación exclusiva a dedicación parcial.
Segundo.—Se mantienen los siguientes miembros de la Junta de Gobierno Local y tenientes de alcalde, en el orden en que aparecen designados, los y las siguientes concejales
de la Corporación:
— D. Felipe García Escobar, primer teniente de alcalde.
— D.a Rosa María Encuentra Mérida, segunda teniente de alcalde.
— D.a Mercedes Nuño Masip, tercera teniente de alcalde.
— D. Ángel Arias Sánchez, cuarto teniente de alcalde.
— D.a Pilar García López, quinta teniente de alcalde.
Los tenientes de alcalde sustituirán al alcalde en el desempeño de sus funciones siguiendo el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilitara para su ejercicio, según lo dispuesto por el artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, así como desempeñar la Alcaldía en los casos de
vacante en la misma.
Tercero.—El régimen de delegaciones de las Tenencias de Alcaldía queda establecido
de la siguiente manera, con las modificaciones derivadas de lo dispuesto anteriormente,
todo ello al amparo de lo que dispone el artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre:

Se delega en esta Tenencia de Alcaldía la dirección del Área de Gobierno de portavocía del gobierno, ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente, comercio, empleo,
desarrollo local, turismo, urbanizaciones y transparencia, delegación que comprende la dirección de los servicios administrativos integrados en esta área, así como el ejercicio de las
siguientes atribuciones de la Alcaldía, delegación que incluye la dirección de los servicios
administrativos y la facultad de dictar actos administrativos que afecten a terceros.
A) De manera genérica:
a) Se delegan todas las competencias atribuidas a la Alcaldía y comprendidas
dentro del área de Gobierno que no estén declaradas indelegables por las normas o bien que queden expresamente reservadas a la Alcaldía o atribuidas a
otros órganos de Gobierno del Ayuntamiento. Se incluyen en la delegación la
facultad de dictar las resoluciones que procedan en los procedimientos de ejecución forzosa de los actos administrativos dictados en uso de la delegación
conferida.
b) La resolución de las peticiones de acceso a la información en los procedimientos en trámite que correspondan a procedimientos que afecten a las materias objeto de la delegación, que presenten los interesados en el procedimiento o terceras personas que acrediten un interés legítimo.
c) La resolución de las peticiones de acceso a archivos y registros, en los términos del artículo 13 de la Ley 39/2015 y de acuerdo con el Reglamento del Ar-

BOCM-20230215-74

A) Delegación a favor de la Primera Tenencia de Alcaldía, a cargo de D. Felipe
García Escobar: área de portavocía del gobierno, ordenación del territorio,
urbanismo, medio ambiente, comercio, empleo, desarrollo local, turismo,
urbanizaciones y transparencia