Galapagar (BOCM-20230215-73)
Organización y funcionamiento. Modificación áreas de gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 39

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE FEBRERO DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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GALAPAGAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por Decreto de Alcaldía 382/2023, de 1 de febrero, el Alcalde-Presidente, D. Alberto
Gómez Martín, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en el artículo 21 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con los
artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, ha resuelto:
Primero.—Modificar las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento creadas por Decreto de
Alcaldía 2938/2019, de 19 de junio de 2019, modificadas por los Decretos de Alcaldía números 917/2020, de 27 de febrero de 2020, 2191/2020, de 29 de mayo de 2020, y
1498/2021, de 5 de marzo de 2021, que podrán ser objeto de una delegación genérica en los
términos del artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y que comprenden los sectores de actividad que en cada caso se indican.

Corresponde a esta área la Portavocía del Gobierno.
Igualmente, comprende esta área la gestión de las competencias municipales y el diseño y desarrollo de políticas públicas en materia de ordenación del territorio, urbanismo, la
concesión de licencias urbanísticas para edificación y uso del suelo y las edificaciones, y el
ejercicio, en general, de las competencias en materia de disciplina urbanística que las normas en vigor otorgan a los municipios, así como las expropiaciones por razón de urbanismo.
Corresponde también a esta área el diseño y gestión de las políticas municipales en materia de vivienda, para procurar remover los obstáculos que dificulten el acceso de los vecinos a la vivienda.
Se incluye la inspección y control de la prestación de servicios públicos y de la ejecución de los contratos de servicios de limpieza de edificios o instalaciones municipales, y la
de parques, jardines y zonas verdes, así como de las adecuadas condiciones de seguridad y
salubridad de solares y fincas.
Asimismo, en materia de medio ambiente corresponde a esta área el control del ejercicio de actividades industriales y mercantiles, con y sin incidencia ambiental, la concesión
de licencias para el ejercicio de actividades, cuando proceda de acuerdo con las normas, el
diseño y desarrollo de las políticas municipales de medio ambiente, el diseño, implantación
y seguimiento de planes municipales en materia ambiental, para el cumplimiento de los
compromisos adquiridos en los instrumentos o protocolos a los que se adhiera el Ayuntamiento, las políticas de educación y concienciación ambiental y el control e inspección
medio ambiental, la emisión de informes de evaluación ambiental.
Se integran también en esta área de gobierno, las políticas públicas en materia de comercio, la gestión del mercado municipal, ferias, mercados y venta ambulante, las ocupaciones de la vía pública para la instalación de veladores y el ejercicio de actividades comerciales, la información y defensa de consumidores y usuarios, la oficina municipal de
información al consumidor (OMIC) y la gestión en general de las competencias municipales en materia de consumo.
Se incluye en esta área de gobierno, la gestión de las políticas públicas de formación y
de promoción del empleo en su doble vertiente de autoempleo y empleo por cuenta ajena,
como piezas clave en la política de bienestar y desarrollo local para conseguir la mejor inserción laboral de los vecinos; el desarrollo de planes de formación y la puesta en marcha de
medidas y programas de empleo tanto propios como en colaboración con otras entidades e
instituciones como medio para dar salida a las demandas que puedan tener tanto los empleadores como los demandantes de empleo y la agencia de desarrollo local. También quedan
comprendidas dentro del ámbito de una concejalía delegada la promoción económica y el desarrollo local, el desarrollo de las políticas públicas tendentes a la dinamización y potenciación de la vida económica local, el diseño de planes estratégicos de desarrollo económico, la

BOCM-20230215-73

1. Área de Portavocía del Gobierno, Ordenación del Territorio, Urbanismo,
Medio Ambiente, Comercio, Empleo, Desarrollo Local, Turismo y Urbanizaciones
y Transparencia