C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230214-24)
Convenio colectivo – Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del acta de 15 de diciembre de 2022, de la Comisión Negociadora, por la que se acuerda prorrogar la ultraactividad del convenio colectivo de la empresa Ediciones Cónica, S. A. (código número 28015182012010)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 155
En Madrid, a 15 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Ricardo Martínez Jiménez con DNI 07242891F, Director de Recursos Humanos y
Organización del Grupo Unidad Editorial, actuando en nombre y representación de Ediciones Cónica,
S.A., en adelante la Empresa.
Y de otra, Dña. Laura Rodrigañez Marta con DNI 50219923K, Dña. Mª Isabel Ramos de Molins Sainz
de Baranda con DNI 07226132S y Dª. Miriam Mascareñas Ortega con DNI 50547729P, quienes
intervienen como delegadas de personal del centro de trabajo de Madrid de Ediciones Cónica, S.A. y
que ostentan la mayoría de la Comisión Negociadora del convenio colectivo.
Las partes se reconocen plena capacidad jurídica para otorgar el presente documento, y al efecto
EXPONEN
Que el 31 de diciembre de 2022 expira el periodo de ultraactividad del convenio colectivo de empresa,
de conformidad con lo establecido en el artículo 6 punto 5 del Convenio Colectivo de Ediciones Cónica,
S.A.
Que los firmantes parten de la consideración de que la ultraactividad de los convenios colectivos es
materia disponible para los negociadores, por así establecerlo el apartado tercero del artículo 86 de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En virtud de lo expuesto los firmantes, que representan a la totalidad de los miembros de la Comisión
Negociadora del Convenio Colectivo de empresa
ACUERDAN
I. Prorrogar la ultraactividad del Convenio Colectivo de empresa por el periodo de seis meses a
partir del 31 de diciembre de 2022, garantizando hasta el 30 de junio de 2023 el mantenimiento del
convenio vencido.
II. El presente acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma y hasta el 30 de junio de 2023 salvo
que se produzca en fecha anterior la entrada en vigor de un convenio colectivo de empresa que
sustituya al que se prorroga en su ultraactividad.
III. Proseguir la negociación y firma de un nuevo convenio colectivo.
Y para que así conste a los efectos oportunos, se firma por cuadruplicado ejemplar el presente
documento en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Por los representantes de los trabajadores.-Por la empresa.
BOCM-20230214-24
(03/1.852/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 38
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MARTES 14 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 155
En Madrid, a 15 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Ricardo Martínez Jiménez con DNI 07242891F, Director de Recursos Humanos y
Organización del Grupo Unidad Editorial, actuando en nombre y representación de Ediciones Cónica,
S.A., en adelante la Empresa.
Y de otra, Dña. Laura Rodrigañez Marta con DNI 50219923K, Dña. Mª Isabel Ramos de Molins Sainz
de Baranda con DNI 07226132S y Dª. Miriam Mascareñas Ortega con DNI 50547729P, quienes
intervienen como delegadas de personal del centro de trabajo de Madrid de Ediciones Cónica, S.A. y
que ostentan la mayoría de la Comisión Negociadora del convenio colectivo.
Las partes se reconocen plena capacidad jurídica para otorgar el presente documento, y al efecto
EXPONEN
Que el 31 de diciembre de 2022 expira el periodo de ultraactividad del convenio colectivo de empresa,
de conformidad con lo establecido en el artículo 6 punto 5 del Convenio Colectivo de Ediciones Cónica,
S.A.
Que los firmantes parten de la consideración de que la ultraactividad de los convenios colectivos es
materia disponible para los negociadores, por así establecerlo el apartado tercero del artículo 86 de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En virtud de lo expuesto los firmantes, que representan a la totalidad de los miembros de la Comisión
Negociadora del Convenio Colectivo de empresa
ACUERDAN
I. Prorrogar la ultraactividad del Convenio Colectivo de empresa por el periodo de seis meses a
partir del 31 de diciembre de 2022, garantizando hasta el 30 de junio de 2023 el mantenimiento del
convenio vencido.
II. El presente acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma y hasta el 30 de junio de 2023 salvo
que se produzca en fecha anterior la entrada en vigor de un convenio colectivo de empresa que
sustituya al que se prorroga en su ultraactividad.
III. Proseguir la negociación y firma de un nuevo convenio colectivo.
Y para que así conste a los efectos oportunos, se firma por cuadruplicado ejemplar el presente
documento en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Por los representantes de los trabajadores.-Por la empresa.
BOCM-20230214-24
(03/1.852/23)
http://www.bocm.es
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