Parla (BOCM-20230213-80)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa derechos examen
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 37
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
PARLA
El Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión ordinaria celebrada el día 9 de febrero de 2022,
aprobó de forma provisional, y de forma definitiva si no se presentaran reclamaciones:
1.o Modificación del epígrafe H) del artículo 7 de la ordenanza fiscal reguladora de la
tasa por expedición de documentos administrativos relativa a los derechos de examen, quedando como se expone a continuación:
Epígrafe H).—Tasa por tramitación de expedientes de procesos selectivos para el acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo.
a) Por la participación en los procesos selectivos de acceso o promoción a los cuerpos o escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por
el Ayuntamiento de Parla: 40,00 euros.
b) La participación en los procesos de funcionarización o promoción interna tendrá
una reducción del 50 % de los derechos establecidos en el apartado a) de este epígrafe H).
c) La participación en los procesos selectivos para personal funcionario interino y laboral temporal (incluyendo los procesos selectivos encaminados a la constitución
de bolsas de empleo/listas de espera) tendrá una reducción del 50 % de los derechos establecidos en el apartado a) de este epígrafe H).
d) La participación en los procesos selectivos extraordinarios y urgentes para la selección de personal funcionario interino y laboral temporal con preselección por
parte de los servicios públicos de empleo o entidades colaboradoras autorizadas
tendrá una reducción del 100 % de los derechos establecidos en el apartado a) de
este epígrafe H).
e) La participación en los procesos selectivos para la provisión de puestos de trabajo
tendrá una reducción del 50 % de los derechos establecidos en el apartado a) de
este epígrafe H).
f) Cuando se trate de procesos selectivos para el cuerpo de la Policía Local, o en general en todos aquellos en los que se requiera la superación de pruebas físicas, psicotécnicas, reconocimientos médicos o psicológicos, que requieran la contratación de profesionales especialmente cualificados, se incrementará en un 50 % la
cuantía de tasa establecida en el apartado a) de este epígrafe H).
g) A las tarifas anteriores, les serán de aplicación las siguientes bonificaciones:
1. Del 100 por 100, en aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea una persona
que figura en situación de desempleo con una antigüedad mínima superior a
doce meses, referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el “Boletín Oficial del Estado”. Para la aplicación de la mencionada bonificación, el sujeto pasivo deberá acreditar las circunstancias descritas en el párrafo anterior, mediante la presentación de certificado de
desempleo, emitido por el Instituto Nacional.
2. Del 100 por 100, a favor de víctimas de violencia de género. Para la aplicación de esta bonificación, el sujeto pasivo deberá aportar resolución judicial
u orden de protección dictada a favor de la víctima o, en su defecto, informe
del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de ser víctima de
violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de protección, o cualquier
otra documentación acreditativa de tal condición, de conformidad con la normativa vigente en la materia.
El plazo de exposición al público y de presentación de reclamaciones será de 30 días
hábiles a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la web municipal, al
objeto de que, durante el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de
BOCM-20230213-80
RÉGIMEN ECONÓMICO
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 37
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
PARLA
El Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión ordinaria celebrada el día 9 de febrero de 2022,
aprobó de forma provisional, y de forma definitiva si no se presentaran reclamaciones:
1.o Modificación del epígrafe H) del artículo 7 de la ordenanza fiscal reguladora de la
tasa por expedición de documentos administrativos relativa a los derechos de examen, quedando como se expone a continuación:
Epígrafe H).—Tasa por tramitación de expedientes de procesos selectivos para el acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo.
a) Por la participación en los procesos selectivos de acceso o promoción a los cuerpos o escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por
el Ayuntamiento de Parla: 40,00 euros.
b) La participación en los procesos de funcionarización o promoción interna tendrá
una reducción del 50 % de los derechos establecidos en el apartado a) de este epígrafe H).
c) La participación en los procesos selectivos para personal funcionario interino y laboral temporal (incluyendo los procesos selectivos encaminados a la constitución
de bolsas de empleo/listas de espera) tendrá una reducción del 50 % de los derechos establecidos en el apartado a) de este epígrafe H).
d) La participación en los procesos selectivos extraordinarios y urgentes para la selección de personal funcionario interino y laboral temporal con preselección por
parte de los servicios públicos de empleo o entidades colaboradoras autorizadas
tendrá una reducción del 100 % de los derechos establecidos en el apartado a) de
este epígrafe H).
e) La participación en los procesos selectivos para la provisión de puestos de trabajo
tendrá una reducción del 50 % de los derechos establecidos en el apartado a) de
este epígrafe H).
f) Cuando se trate de procesos selectivos para el cuerpo de la Policía Local, o en general en todos aquellos en los que se requiera la superación de pruebas físicas, psicotécnicas, reconocimientos médicos o psicológicos, que requieran la contratación de profesionales especialmente cualificados, se incrementará en un 50 % la
cuantía de tasa establecida en el apartado a) de este epígrafe H).
g) A las tarifas anteriores, les serán de aplicación las siguientes bonificaciones:
1. Del 100 por 100, en aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea una persona
que figura en situación de desempleo con una antigüedad mínima superior a
doce meses, referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el “Boletín Oficial del Estado”. Para la aplicación de la mencionada bonificación, el sujeto pasivo deberá acreditar las circunstancias descritas en el párrafo anterior, mediante la presentación de certificado de
desempleo, emitido por el Instituto Nacional.
2. Del 100 por 100, a favor de víctimas de violencia de género. Para la aplicación de esta bonificación, el sujeto pasivo deberá aportar resolución judicial
u orden de protección dictada a favor de la víctima o, en su defecto, informe
del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de ser víctima de
violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de protección, o cualquier
otra documentación acreditativa de tal condición, de conformidad con la normativa vigente en la materia.
El plazo de exposición al público y de presentación de reclamaciones será de 30 días
hábiles a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la web municipal, al
objeto de que, durante el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de
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